Publicado el: mayo 13, 2024
Emprendedor, emprendedora, desde hoy, lunes 13, el Formulario Virtual N.° 709 está disponible en el portal institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) para que las personas naturales sin negocio, presenten su Declaración Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2023.
Se estima que cerca de 600,000 mil personas deberán cumplir con esta obligación tributaria. Deben presentar la Declaración de Renta 2023 las personas naturales que:

Ya está disponible
Para la Declaración Anual 2023, la SUNAT pone a disposición de las personas naturales la información personalizada referencial, actualizada al 30 de abril de 2024, de sus ingresos, pagos, retenciones y gastos para que la puedan verificar, completar o modificar cuando presenten la Declaración Anual.
Devolución
En caso se determine un saldo a favor del Impuesto a la Renta, el contribuyente puede registrar o actualizar, en ese mismo momento, el Código de Cuenta Interbancario (CCI), para que la SUNAT le deposite la devolución de manera directa en su cuenta bancaria.
Fraccionar o aplazar
Asimismo, de requerirlo, las personas tienen la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de la SUNAT.
Se recomienda no esperar el cronograma final de vencimientos que va del 27 de mayo al 11 de junio de 2024, según el último dígito del RUC, para presentar la declaración. Para más información sobre la declaración y el formulario disponible, los contribuyentes pueden visitar el portal especializado renta.sunat.gob.pe.
Ya sabes emprendedor, emprendedora, cumple con esta obligación y evita las multas. (prensa@emprendedorestv.pe)
Etiquetas: Declaración de Renta 2023, gastos, ingresos, inmuebles, negocio, pagos, personas naturales, planilla, SUNAT