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Ventas online en la mira de SUNAT

Ventas online en la mira de SUNAT

Publicado el: febrero 23, 2022

Recientemente el Poder Ejecutivo publicó dos decretos legislativos que modifican al Código Tributario, cambios, aprobados en el marco de las facultades legislativas delegadas por el Congreso, que ampliarán la base de contribuyentes, ya que establecen medidas para combatir la evasión y la elusión de impuestos. Así lo señaló a Emprendedorestv.pe, Aldo Sánchez, Tributarista de S&M Asesores y Consultores.

Explicó que uno de los cambios contenidos en el Decreto Legislativo N° 1523, permite el uso del canal remoto en los procedimientos tributarios, con lo SUNAT podrá realizar inspecciones de locales de deudores tributarios en forma remota.

Pero eso no es todo, SUNAT también podrá determinar los domicilios presuntos para aquellas personas naturales o jurídicas que no definieron un domicilio fiscal en el momento de su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), agregó.

Ventas online

Pero lo más interesante de las normas del Ejecutivo está en el Decreto Legislativo N° 1524 que modifica la ley del RUC para que su uso sea más transparente y masivo.

Ventas online en la mira de SUNAT

Y es que todo proveedor que ofrezca un bien o servicio, incluso a través de las redes sociales, deberá colocar su RUC. De esta manera también SUNAT queda facultada para inscribir de oficio a los sujetos que realizan ventas online, pero que no están registrados en el RUC y que, por lo tanto, no pagan impuestos.

Los contribuyentes podrán solicitar la inscripción de oficio en el RUC de aquellos sujetos no registrados con quienes tengan alguna relación comercial.

Además, SUNAT tendrá la potestad de registrar a dicho proveedor no inscrito en RUC, en el Régimen General del Impuesto a la Renta,

Cabe indicar que es sujeto de haber cometido infracciones al Código Tributario hechos como no solicitar o verificar el número de RUC y no consignar en la documentación de las ofertas comerciales, comentó Sánchez.

El tributarista comentó que la norma entrará en vigencia el próximo año, pero alertó a quienes realizan ventas online y no tienen RUC, ha tramitarlo de una vez, porque si sus operaciones no son por grandes montos tal vez podría estar inscrito en el RUS, pagando 20 soles, pero si es detectado por SUNAT será inscrito en el Régimen General, con lo cual por una venta de S/. 5000 soles tendría que pagar 900 soles IGV más el Impuesto a la Renta, con lo cual, el pago por impuestos será mayor a lo que corresponde a un inscrito en el RUS.

Otra situación que podría presentarse es que personal de SUNAT realice una compra online por la que no reciba boleta, con lo cual el infractor recibirá una multa o el cierre del local.

Ya lo sabes emprendedor, guerra avisada no mata gente.

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