Publicado el: septiembre 19, 2018
El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N° 1434, que autoriza a la Sunat acceder a información de las cuentas de depósitos que tienen los contribuyentes en las entidades financieras a nivel nacional. Aldo Sánchez, Tributarista de Sánchez, Maguiña & Asociados nos explica más sobre el tema.
Fiscalización
La Sunat en el ejercicio de su función fiscalizadora, lo que busca es luchar contra la evasión y elusión tributaria. Así hablamos de evasión, cuando por ejemplo no se emite un comprobante de pago por una venta y se trata de elusión si mediante algún mecanismo tratamos de pagar menos impuestos, precisó Sánchez.
Mediante la norma promulgada, Sunat podrá acceder a información de saldos acumulados, promedios e intereses de ahorros en un determinado periodo y los rendimientos generados.
Norma
Este acceso al secreto bancario se da a partir de determinados rangos del saldo de las cuentas de depósitos. La entidad financiera deberá notificar a Sunat cuando el monto sea mayor a 7 UITs, es decir por encima de los S/ 29,050.
El otro límite para el registro de operaciones que deben hacer las entidades financieras para detectar lavado de activos y financiamiento del terrorismo es el caso de depósitos mayores a $ 10,000.
¿Qué busca Sunat?
Acceder al secreto bancario servirá para fiscalizar a los contribuyentes. Sunat podrá conocer saldos acumulados, promedios e intereses de ahorros en un determinado periodo y a partir de cierto monto.
Con la información obtenida Sunat analizará si existe un incremento patrimonial no justificado, omisión de ventas y lavado de activos, pero siempre que mantengas en tu cuenta más de 7 UIT o 29 mil 50 soles.
De esta manera, la administración tributaria en el ejercicio de su función fiscalizadora podrá detectar posibles casos de evasión y elusión.
Cliente notificado
Una vez que el banco le comunique a Sunat sobre los depósitos del contribuyente, también deberá informar al cliente sobre la información que entregó a la administración tributaria.
Asimismo, este Decreto Legislativo señala que la información que obtenga Sunat deberá ser tratada bajo las reglas de confidencialidad y seguridad informática exigidas por estándares internacionales y no ser transferida a otras entidades del país.
Para más información comunicarse al 997421535 o escribir a aldo.giancarlo@hotmail.com
Etiquetas: contribuyentes, Evasión, normas tributarias, secreto bancario, SUNAT