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SIRE: Sunat fija nuevo plazo

SIRE: Sunat fija nuevo plazo

Publicado el: octubre 2, 2023

El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una nueva herramienta 100% digital mediante la cual, a partir de la información de los comprobantes de pago electrónicos, la Sunat propondrá los registros de compras y ventas a los contribuyentes, quienes deberán confirmarlos o modificarlos, facilitando así el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Beneficios

Este nuevo servicio de la Administración Tributaria facilita el llevado los registros de compras y ventas, reduciendo los gastos de almacenamiento y conservación, así como los errores en la información.

Asimismo, contribuye a la gestión de la empresa proporcionando reportes sobre las actividades comerciales (compras y ventas), principales proveedores y clientes, lo que permitirá tomar mejores decisiones para el negocio.

El sistema envía alertas preventivas sobre posibles errores a fin de que puedan subsanarse oportunamente.

A través del SIRE los contribuyentes podrán acceder a su información “en línea”, las 24 horas del día y sin ninguna restricción.

Reduce los costos operativos, pues elimina la necesidad de consumir papel, imprimir documentos, archivar y conservar registros físicos. Además, reduce la necesidad de consultas y asesorías posteriores relacionadas con el control tributario.

Es una herramienta de apoyo al contribuyente, facilitando y guiando el proceso de elaboración del RVIE, lo que contribuye al cumplimiento tributario.

Entrada en vigencia

De acuerdo con lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 000204-2023/SUNAT, publicada hoy en el diario oficial, el uso del nuevo servicio será progresivo y tendrá dos fases:

  1. A partir del periodo octubre 2023 que se declara en noviembre, para los contribuyentes del Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o Régimen MYPE Tributario, que actualmente llevan sus registros de compras y ventas de manera electrónica.
  2. A partir del periodo enero 2024 que se declara en febrero, para los demás contribuyentes obligados a llevar registros de compras y ventas.

Para más información, puede visitar el portal especializado www.cpe.sunat.gob.pe o comunicarse con la Central de Consultas Telefónicas al 0-801-12-100 o 315-0730 de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 6:00 p.m.

Ya lo sabes emprendedor, emprendedora, a seguir las disposiciones de SUNAT.

(prensa@emprendedorestv.pe)

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