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RUC: ¿Qué hacer suspender o dar de baja?

RUC: ¿Qué hacer suspender o dar de baja?

Publicado el: agosto 11, 2020

Emprendedor, debido al aislamiento social obligatorio por el COVID-19 (coronavirus), muchos negocios no se han recuperado en tiempos de post cuarentena, un buen número ha dejado de operar y conforme pasan los días crece la probabilidad de que sigan así.

Ante este escenario, hay trámites que debemos realizar ante SUNAT, para sobrellevar esta pandemia. Aldo Sánchez, Abogado tributarista de S&M Asesores y Consultores conversó con Emprendedorestv.pe y dio importantes recomendaciones. Nos explicó en qué consiste suspender o dar de baja el RUC, en caso extremo.

Suspender el RUC

Si tu negocio no está funcionando, además de haber solicitado la suspensión perfecta de actividades, lo recomendable es suspender el RUC.

Al no tener ingresos ni realizar compras o adquisiciones durante un determinado tiempo, lo aconsejable es suspender el RUC, comentó Aldo Sánchez.

Y cómo lo hacemos

Lo único que necesitas para suspenderlo (RUC), es tener a la mano el último comprobante emitido o recibido (factura), porque este dato te lo pedirá Sunat para el trámite respectivo.

Para ello debes ingresar a Operaciones en línea con tu Clave Sol, informa cuál fue tu último comprobante y solicita la suspensión del RUC.

Debes tener en cuenta antes de tramitar la suspensión, lo siguiente. Si vas a seguir realizando compras durante estos meses, no puedes tener suspendidas tus actividades ante Sunat. Además, si una empresa solicita los servicios de tu negocio, la empresa contratante no aceptará la factura, porque tus actividades están suspendidas.

RUC: ¿Qué hacer suspender o dar de baja?

Cómo reactivar el RUC

Cuando reanudes las actividades y vayas a percibir ingresos nuevamente, puedes reactivar tu RUC de inmediato. Solo debes ingresar a la página de Sunat, opción Operaciones en línea, con el número de RUC y la Clave Sol, luego ingresar al formulario de Suspensión/ Reinicio de Actividades y vuelves a reactivar el RUC sin ningún problema.

Esto se puede hacer varias veces al año, siempre y cuando cumplas con los requisitos que es tener el último comprobante emitido o recibido.

Empresas sin suspensión ni ingresos

Actualmente por el coronavirus las empresas que no suspendan actividades y tampoco reciban ingresos, no están obligadas a presentar declaración jurada mensual, ya que no tienen ningún ingreso, explicó Sánchez.

Antes tenías que presentar declaración jurada aun sin ingresos registrados, porque sino te generaba una multa. Esto ha cambiado. Si la empresa no tiene ningún ingreso, no tiene la obligación de declarar.

RUC: ¿Qué hacer suspender o dar de baja?

¿Suspender o dar de baja?

Cuando tu negocio no va a reanudar actividades nunca más, debes optar por dar de baja el RUC. Estamos frente al caso de un negocio que se va a extinguir definitivamente.

Por otro lado, la suspensión del RUC solo se da por un tiempo determinado. El plazo máximo es de 1 año y prorrogable por 1 año adicional, pero si tienes que volver a reactivar el RUC.

Y si quiero volver

Si le has dado de baja al RUC de tu empresa y quieres volver a emprender un negocio, Sunat te dará un nuevo RUC, porque es otra empresa. Recuerda a cada Persona Natural o Jurídica le corresponde un único RUC. Es similar a tu partida de nacimiento o a tu DNI.

Ya lo sabes emprendedor diferencia en que situación estás para decidir qué hacer. Para más información comunicarse al 997421535 o escribir a asanchez@s&masesores.com

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