Publicado el: agosto 20, 2018
De acuerdo a los cambios en la Ley de Bancarización, dispuestos por la Ley 30730, desde mañana martes 21 de agosto se prohibirá utilizar dinero en efectivo para la compra de vehículos e inmuebles cuyos valores sean iguales o superen las 3 UIT que equivale a 12 mil 450 soles.
“La expuesta ley fue publicada en febrero de este año a fin de evitar el riesgo de evasión fiscal, lavado de activos y actos de corrupción, que deben tener en cuenta los que venden y compran inmuebles y vehículos, así como las personas que adquieren el capital social de una persona jurídica”, mencionó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Por su parte, José Verona tributarista de Grupo Verona, señaló que con esta ley se ayudará a la formalización de la economía y a prevenir presunto lavado de activos siguiendo la ruta del dinero.
De esta manera, la nueva ley dispone la bancarización obligatoria en las operaciones siguientes:
• En la constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles.
• En la trasferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres.
• En la adquisición, aumento y reducción de participaciones en el capital social de una persona jurídica.
Labor de los notarios
La norma precisa que los notarios y los jueces que den fe o formalicen actos jurídicos en los tres casos mencionados, deben dejar constancia en la escritura pública sobre el medio de pago bancario utilizado.
Los notarios, jueces y registradores que no cumplan con verificar e insertar el medio de pago bancario utilizado, podrán ser sancionados administrativamente de acuerdo a ley.
Medios de pago
Respecto a los medios de pago, la ley permite los depósitos en cuentas bancarias, los giros, las trasferencias de fondos, las órdenes de pago, las tarjetas de débito expedidas en el país y las tarjetas de crédito tramitadas. También se incorporan los cheques en general, las remesas bancarias y las cartas de crédito.
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