Publicado el: marzo 17, 2020
Debido al impacto de la pandemia sanitaria que estamos pasando, la SUNAT informó que se ha dispuesto la prórroga de los plazos de vencimiento de las declaraciones juradas, libros y registros electrónicos, así como las declaraciones informativas que vencieran en marzo, medida que beneficia a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Con esa finalidad, en breve se aprobará un cronograma de vencimientos. informó la Sunat. Además, también mencionó que se han suspendido temporalmente las fiscalizaciones y citaciones programadas, así como la atención al público en los Centros de Servicios al Contribuyente, en tanto dure el Estado de Emergencia Nacional para hacer frente al coronavirus.
Adicionalmente, sostuvo que se están evaluando otras medidas que se anunciarán oportunamente, en cumplimiento del D.S. N° 044-2020-PCM, que declara esta medida de excepción.
Por otro lado, la SUNAT viene implementando mecanismos de trabajo remoto para mantener las operaciones básicas relacionadas a nuestras funciones tributarias y aduaneras; y se coordina la presencia de personal mínimo para determinadas áreas indispensables de Aduanas y Tributos Internos.
Los contribuyentes que deseen pueden realizar sus trámites vía Internet, considerando que la gran mayoría de los procedimientos de la Sunat se pueden efectuar de manera virtual.
Pago de servicios
Asimismo, también se prórroga por tres meses, la presentación de la Declaración Anual y pago del Impuesto a la Renta (IR) 2019, tanto para personas naturales como para las microempresas (mypes), pequeñas y medianas empresas (pymes).
En efecto, quienes se encuentren obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019, tienen un nuevo cronograma de vencimiento para cumplir con esa obligación, el cual va del 24 de junio al 9 de julio del presente año, informó Sunat.
Para más información puedes ingresar a https://bit.ly/2QpQsiW
Etiquetas: contribuyentes, COVID19, declaración jurada, Pyme, SUNAT