Publicado el: agosto 23, 2021
Emprendedor, si estás por iniciar un negocio, pero aún no decides si debes registrarte en Sunat como persona natural o jurídica, a continuación conocerás cuáles son las características y diferencias entre ambas opciones, así como los derechos y obligaciones que deberás cumplir.
Persona Natural
Cuando ejerces tus derechos y obligaciones a título personal, sean civiles, penales, o fiscales; los cuales se cumplirán a nombre propio, estás en el caso de una Persona Natural. Esta puede clasificarse en:
Persona Natural con negocio: En esta opción al constituir un negocio, asumes todas las obligaciones que esto conlleva y deberás responder con tu patrimonio y bienes, el pago de las deudas u obligaciones que la empresa adquiera.
Persona Natural sin negocio: En este caso tienes la posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones e incluso constituir un negocio, pero no cuentas con el mismo. La persona responde con su patrimonio propio o bienes presentes/futuros frente a responsabilidades que asuma.
Registro
▪Si has decidido iniciar un negocio pequeño (juguerías, peluquerías, zapaterías, bodega u otros).
▪En caso de que realices actividades que están comprendidas en el Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado).
▪Si tienes negocios en donde tus clientes van a ser principalmente personas.
▪Cuando quieres hacer negocios en los que tu exposición al riesgo ante posibles deudas u obligaciones con terceros sea considerable, tomando en cuenta tu patrimonio.
▪Para convertirte en una Persona Natural, tienes que obtener el Registro Único de Contribuyentes (RUC) ante SUNAT.
Persona Jurídica
Se trata de una unidad de negocios conformada por una o más personas que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de una empresa. Actúa como una entidad (empresa) con sus propios derechos y obligaciones, puede suscribir contratos y ser representada judicial y extrajudicialmente por sus representantes legales.
En este caso, es la empresa la que asume todas las deudas y obligaciones que se puedan contraer, las cuales están garantizadas por los bienes registrados a nombre de la Persona Jurídica, sin tomar en cuenta el patrimonio personal.
Registro
Te convendrá obtener el RUC como Persona Jurídica:
▪Si quieres tener mayor reputación en el mercado y clientes (empresas) más grandes o importantes.
▪Si necesitas acceder a créditos de entidades financieras en mejores condiciones.
▪Si quieres asegurarte que si algo sale mal en el manejo de la empresa y esto no afecte tu patrimonio personal.
▪Si necesitas que ingresen inversionistas o más socios a la empresa.
▪Si planeas vender tu negocio o disolverlo después de un tiempo.
▪Para convertirte en una Persona Jurídica, tienes que registrar o constituir tu empresa ante SUNARP.
Diferencia
La principal diferencia entre una Persona Natural y una Persona Jurídica son las obligaciones que cada una tiene. La primera, tiene obligaciones ilimitadas y puede perder todo su patrimonio personal al actual a título personal, mientras que la Jurídica, limita las deudas acordes al patrimonio inscrito a nombre de la empresa.
¿Persona Natural o Jurídica?
El RUC es el padrón que contiene los datos de identificación de las actividades económicas y demás información relevante de los sujetos inscritos. En este registro podrás encontrar cualquier entidad constituida. Si el RUC comienza con “10”, se trata de una Persona Natural, y si el RUC comienza con “20” es una Persona Jurídica.
Etiquetas: deuda, negocio, patrimonio, persona jurídica, persona natural, SUNAT