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Patrimonio injustificado: Atentos con SUNAT

Patrimonio injustificado: Atentos con SUNAT

Publicado el: octubre 21, 2022

Emprendedor, ¿Sabías que SUNAT cada vez tiene más acceso a la información de los contribuyentes? A través del ITF, se entera de las compras con tarjetas de crédito, débito y cualquier operación a través del sistema financiero, con el único propósito de determinar si hay incremento patrimonial no justificado. Así lo manifestó a Emprendedorestv.pe, el destacado tributarista, Walther Belaúnde, Socio de DAMMA Legal Advisor.

Inteligencia Artificial

Durante el gobierno de Kuczynski, fue designado Jefe de SUNAT, Victor Shiguiyama, quien dejó de fiscalizar un tiempo, pero potenció las herramientas para detectar con Inteligencia Artificial (IA) operaciones no declaradas por los contribuyentes, comentó el tributarista. Es famosa la frase deShiquiyama, quien dijo que si comprábamos un condón SUNAT se enteraba.

Redes sociales también hablan

La información que inclusive se publica en las redes sociales (compra de un auto nuevo, viajes a lugares paradisiacos, anillos, ropa) todo es de utilidad para SUNAT, para determinar si existentes inconsistencias entre lo que paga y declara un contribuyente, precisó Belaúnde.

Movimientos en cuentas

SUNAT dio un paso más el año pasado, cuando solicitó a las entidades financieras informar sobre movimientos en las cuentas superiores a los 30,800 soles, norma que está en plena aplicación.

En esta tarea de seguir fiscalizando a las personas naturales y al amparo de las facultades tributarias delegadas por el Congreso al Ejecutivo, el Ejecutivo modificó la regulación del Impuesto a la Renta respecto a las disposiciones sobre el sustento para exigir documentos fehacientes o de fecha cierta para acreditar que no existe incremento patrimonial no justificado.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Legislativo Nº 1527, publicado en el diario oficial El Peruano y emitido bajo las facultades legislativas otorgadas por el Congreso al Ejecutivo.

Donaciones

La norma establece que los incrementos patrimoniales no podrán ser justificados con donaciones o liberalidades y para ello señala que si un regalo supera el 30% de la UIT (S/. 1,400) se necesita escritura pública. Belaúnde explico que esto ya lo exige el Código Civil.

Agregó que si se trata de montos menores se debe sustentar con un documento de fecha cierta con firma legalizada. En este caso bastará con una sola firma, agregó.

De acuerdo con el decreto legislativo, las presentes modificaciones estarán vigentes a partir del 01 de enero de 2023.

Respecto a dicho plazo, el tributarista recomendó anticiparse y cumplir desde ya con lo que exige SUNAT.

Quien no justifica los regalos o dinero tendrá que pagar Impuesto a la Renta, multas e intereses que determine SUNAT.

Mejor anticiparse porque el incremento patrimonial injustificado se considera evasión y esto es un delito, concluyó.

Ya lo sabes sigues estás recomendaciones y evitarás problemas con SUNAT.

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