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Negocios podrán atender con aforo de 100%

Negocios podrán atender con aforo de 100%

Publicado el: febrero 28, 2022

Negocios podrán atender con aforo de 100%

Debido a la pandemia por el COVID-19, el Ejecutivo aún limitaba a los negocios con cierto aforo, sin embargo, a partir de este lunes 28 de febrero todos los negocios podrán atender con aforos al 100%, esto de acuerdo al Decreto Supremo 016-2022 que amplía el Estado de Emergencia Nacional por 32 días.

Aprobación

El decreto fue aprobado el último viernes 25 de febrero y lleva las firmas del presidente Pedro Castillo, el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, el ministro de Salud Hernán Condori y los demás miembros del gabinete ministerial.

La habilitación del 100% de aforo ha sido un pedido constante de diversos gremios empresariales, que ha sido respondido favorablemente en los últimos días desde el Ministerio de Salud (Minsa) y el Ministerio de Comercio exterior y Turismo (Mincetur).

Actividades con aforo de 100%

Las actividades económicas para las que ya no se han decretado aforos son:

▪Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento.

▪Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias.

▪Playas abiertas.

▪Restaurantes y afines cuyas áreas de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas.

Negocios podrán atender con aforo de 100%

▪Restaurantes y afines cuyas áreas de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas.

▪Casinos y tragamonedas.

▪Cines y artes escénicas.

▪Templos y lugares de culto.

▪Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías.

▪Actividades de clubes y asociaciones deportivas.

▪Bancos y otras entidades financieras.

▪Eventos empresariales y profesionales.

▪Peluquería y barbería.

▪Spa, baños turcos, sauna, baños termales.

▪Coliseos.

▪Gimnasios.

Nuevas medidas

La norma establece restricciones para los menores a partir de los 12 años de edad para el ingreso a espacios públicos como playas, estadios y transporte aéreo e interprovincial. Ahora se les exigirá la presentación del carnet de vacunación con ambas dosis de la vacuna contra el COVID-19 para acceder a estos espacios.

Por otro lado, siguen suspendidos los desfiles, las fiestas patronales y las actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública.

Se exceptúa de esta última medida las ceremonias de carácter castrense y policial, las que deben cumplir con las disposiciones sanitarias y reglas de distanciamiento físico o corporal respectivas.

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