Publicado el: febrero 28, 2022
Debido a la pandemia por el COVID-19, el Ejecutivo aún limitaba a los negocios con cierto aforo, sin embargo, a partir de este lunes 28 de febrero todos los negocios podrán atender con aforos al 100%, esto de acuerdo al Decreto Supremo 016-2022 que amplía el Estado de Emergencia Nacional por 32 días.
Aprobación
El decreto fue aprobado el último viernes 25 de febrero y lleva las firmas del presidente Pedro Castillo, el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, el ministro de Salud Hernán Condori y los demás miembros del gabinete ministerial.
La habilitación del 100% de aforo ha sido un pedido constante de diversos gremios empresariales, que ha sido respondido favorablemente en los últimos días desde el Ministerio de Salud (Minsa) y el Ministerio de Comercio exterior y Turismo (Mincetur).
Actividades con aforo de 100%
Las actividades económicas para las que ya no se han decretado aforos son:
▪Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento.
▪Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias.
▪Playas abiertas.
▪Restaurantes y afines cuyas áreas de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas.
▪Restaurantes y afines cuyas áreas de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas.
▪Casinos y tragamonedas.
▪Cines y artes escénicas.
▪Templos y lugares de culto.
▪Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías.
▪Actividades de clubes y asociaciones deportivas.
▪Bancos y otras entidades financieras.
▪Eventos empresariales y profesionales.
▪Peluquería y barbería.
▪Spa, baños turcos, sauna, baños termales.
▪Coliseos.
▪Gimnasios.
Nuevas medidas
La norma establece restricciones para los menores a partir de los 12 años de edad para el ingreso a espacios públicos como playas, estadios y transporte aéreo e interprovincial. Ahora se les exigirá la presentación del carnet de vacunación con ambas dosis de la vacuna contra el COVID-19 para acceder a estos espacios.
Por otro lado, siguen suspendidos los desfiles, las fiestas patronales y las actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública.
Se exceptúa de esta última medida las ceremonias de carácter castrense y policial, las que deben cumplir con las disposiciones sanitarias y reglas de distanciamiento físico o corporal respectivas.