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Mypes podrán pagar menos Impuesto a la Renta

Mypes podrán pagar menos Impuesto a la Renta

Publicado el: agosto 27, 2020

Una medida de alivio financiero rige desde este mes para las Mypes. Los medianos y pequeños contribuyentes (Mepecos) con ingresos de hasta 5000 UIT en el 2019, podrán suspender o reducir los pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta (IR), de abril, mayo, junio y/o julio.

La medida les dará alivio financiero a las Mypes, ya que podrán contar con más recursos para capital de trabajo en sus negocios. Así lo señaló a Emprendedorestv.pe, Carlos Rojas Chávez, especialista de Sunat.

Ingresos

Rojas recordó que mediante Decreto Legislativo N° 1471, aprobado el 29 de abril último, se dispuso que las empresas puedan suspender o modificar los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR) de abril a julio, para lo cual deben comparar los ingresos netos obtenidos en esos meses frente a los obtenidos en los mismos periodos del año pasado.

Mypes podrán pagar menos Impuesto a la Renta

Caída más del 30%

Así, si sus ingresos netos mensuales cayeron en más del 30%, podrán suspender los pagos a cuenta de los referidos meses; o, si sus ingresos netos mensuales en comparación con el año anterior disminuyeron en hasta un 30%, se aplicará a dichos pagos a cuenta un factor de ajuste equivalente al 0,5846, con el fin de reducirlo, precisó Rojas.

Otro caso

Para aquellos Mepecos que no hubieran obtenido ingresos en ningún mes del año pasado, ni en los meses de enero y febrero del presente año, los pagos a cuenta por los meses de abril, mayo, junio y/o julio de este año se obtendrán multiplicando al importe del pago a cuenta, determinado de acuerdo con lo previsto en el artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta, el factor 0,5846.

Regímenes

Rojas sostuvo que esta medida aplica para aquellas empresas que les corresponda efectuar pagos a cuenta de los meses de abril, mayo, junio y/o julio del presente año que pertenezcan al régimen general, régimen MYPE, régimen de amazonia, régimen del sector agrario, régimen del sector acuicultura, o cualquier otra norma que incida en la determinación de  pagos a cuenta de rentas de tercera categoría.

Mypes podrán pagar menos Impuesto a la Renta

Deudas pendientes

De otro lado, se informa que, a efectos de determinar los pagos a cuenta del impuesto a la renta de abril a julio de este año, se ha previsto no aplicar temporalmente el requisito que exigía no tener deudas pendientes por los pagos a cuenta de los meses de enero a abril del ejercicio según corresponda, medida que resulta pertinente dada la situación económica por la que atraviesan los contribuyentes como consecuencia de la paralización de sus actividades.

Para la declaración y pago de obligaciones mensuales el contribuyente debe usar el Formulario Virtual N° 621 IGV Renta Mensual, disponible en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).

Como se sabe, el cronograma de obligaciones mensuales de aquellos contribuyentes que hubieran obtenido ingresos de hasta 21 millones de soles, a excepción de los Pricos, ha sido postergado en más de una oportunidad, a partir del 5 de agosto se iniciaron los vencimientos de abril, las obligaciones de mayo a partir del 20 de agosto, las de junio se iniciarán el 3 de setiembre y las de julio el 14 de setiembre.

¿Dónde comunicarnos?

Rojas sostuvo que SUNAT ha asumido el compromiso de brindarle la asistencia necesaria para que los contribuyentes puedan cumplir, oportuna y correctamente con sus obligaciones tributarias. Para cualquier consulta adicional puede comunicarse a la Central de Consultas, 315-0730, o recibir atención a través de nuestros canales virtuales.

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