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Multarán por no evaluar riesgos en el trabajo

Multarán por no evaluar riesgos en el trabajo

Publicado el: septiembre 10, 2020

Multarán por no evaluar riesgos en el trabajo

Emprendedor, ¿cuáles son las medidas de prevención que deben tomar los empleadores ante los riesgos laborales para la protección de sus trabajadores? En este contexto, el empleador debe mantener actualizada la matriz de Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y determinación de Controles (IPERC), sin exceder el plazo de un año.

Esta debe realizarse en cada puesto de trabajo, con participación del personal competente, en consulta con los trabajadores, así como con sus representantes ante el comité, el subcomité o el supervisor de seguridad y salud en el trabajo, de ser el caso.

Multa

No llevar a cabo las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo del personal, así como no realizar las actividades de prevención necesarias, se considera como una infracción grave; al igual que incumplir con las disposiciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo.

En consecuencia, la multa para una microempresa puede variar de 473 soles a 1,935 soles; para la pequeña empresa, desde 1,935 soles hasta 19, 350 soles y; para una no Mype, desde 6,751 soles hasta 112,316 soles, según el número de trabajadores afectados.

Multarán por no evaluar riesgos en el trabajo

Riesgos y equipos de protección

Los empleadores determinan los factores riesgos, de acuerdo a las actividades que realizan sus trabajadores, como son: riesgos biológicos, como los virus (caso Covid-19); riesgos químicos, físicos, ergonómicos y psicosociales.

Además, deben realizar una adecuada gestión de riesgos, aplicando la jerarquía de controles hasta determinar los equipos de protección personal a utilizar por los trabajadores, los cuales servirán para la protección de las partes del cuerpo, como: ojos, cara, cabeza, manos y pies; asimismo, determinará la protección respiratoria, mediante los distintos tipos de mascarillas, según los factores de riesgo y la actividad a la que se dediquen.

Medidas de bioseguridad frente al COVID-19

En cuanto a las medidas para evitar contagios de Covid-19, el empleador debe realizar la toma de temperatura, tener una ficha sintomatológica de los trabajadores, hacer seguimiento integral de los casos sospechosos y confirmados, así como identificar el grupo de riesgo de los trabajadores, realizar la desinfección de las áreas comunes antes de iniciar los procesos laborales y antes de iniciar la segunda jornada.

Finalmente, el empleador debe considerar el uso de barreras físicas para mantener el distanciamiento social mínimo, de al menos un metro entre los trabajadores; también deberá implementar señalización en las estaciones de lavado de manos. Además, debe realizar la sensibilización correspondiente, invocándolos a no compartir sus artículos personales como cubiertos, platos, vasos, botellas con agua; y mantener los ambientes ventilados.

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