Publicado el: octubre 28, 2021
El presidente Pedro Castillo envió al Congreso un proyecto de ley para solicitar facultades legislativas por 120 días en materia tributaria, fiscal, financiera y reactivación económica. Además solicitó que el proyecto de ley sea tramitado con carácter urgente.
Mediante la delegación de facultades el Ejecutivo propone emitir normas que simplifiquen el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes; aumentar la recaudación, por medio de una mayor base tributaria; modificación de tasas impositivas, mayor simplicidad y mejores procesos de control y recaudación y, la racionalización de beneficios tributarios; perfeccionar los impuestos al consumo; en materia del impuesto a la renta, además, perfeccionar su regulación, estructura y administración, según el proyecto de ley.
IR para Mypes
El proyecto de ley del Ejecutivo busca crear un régimen simplificado del IR para empresas de menor tamaño, que incentive la declaración de costos y gastos por medio de sus deducciones; mediante el empleo de libros y registros contables electrónicos, así como comprobantes de pago electrónico.
El planteamiento del Ejecutivo propone modificar la Ley del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) y suprimir el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) y el Régimen MYPE Tributario (RMT).
En concreto lo que busca es la “determinación simple de la base imponible, por ejemplo una basada en el sistema de flujo de caja (ingresos menos egresos); las actividades económicas que serán excluidas; las reglas anti elusivas que eviten la fragmentación de actividades y por ende ingresos; y también otorgar ciertos beneficios que incentiven la declaración de costos y/o gastos a través de permitir las deducciones, para lo cual Sunat proporciona las herramientas que permitan el llevado de libros y registros contables de manera electrónica, así como también la emisión electrónica de comprobantes de pago.
Cambios en el RUS
El Ejecutivo modificará el Régimen Único Simplificado (RUS) a fin de permitir que se puedan acoger solo sujetos que por su tamaño organizacional, nivel de ingresos y otras características sean consideradas como negocios de subsistencia. Así se modificará la lista de las actividades económicas excluidas de dicho régimen; se incorporarán medidas antielusivas para evitar la fragmentación de actividades; y se fijará una sola cuota mensual pudiendo ser reducida en tanto adquiera bienes o servicios sustentados en comprobante de pago electrónicos o tenga trabajadores inscritos en planilla.
Emprendedor a estar alerta sobre los posibles cambios tributarios para los pequeños negocios.