Publicado el: junio 4, 2020
Si eres Persona Natural con negocio en los sectores textil y confecciones, insumos agrícolas o Tecnologías de la Información (TI) no se requerirá aprobación del Ministerio de Salud (Minsa) para reiniciar operaciones. Así lo señala Según la Resolución Directoral 00012-2020-PRODUCE/DGDE publicada hoy en el Diario Oficial del Diario El Peruano.
En efecto, el Ministerio de la Producción (Produce) aprobó disposiciones complementarias para la continuidad del inicio gradual e incremental de la actividad de servicio de la Fase 1 de la ‘reanudación de actividades’.
Las disposiciones están referidas a la actualización de los criterios de focalización territorial y el establecimiento de criterios internos de mitigación de riesgo de tres sectores: ampliación textil y confecciones; insumos para la actividad agropecuaria y servicios prestados a empresas.
Textil y confecciones
Para estos sectores los criterios de focalización territorial son:
a) Persona natural con negocio: Contar con licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
b) Persona jurídica: Contar con inscripción en la Sunarp, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
Realizar actividades de producción a puerta cerrada y comercialización a través de canales digitales.
En caso de persona natural con negocio, para reiniciar actividades, únicamente deberán elaborar su plan para la vigilancia, prevención y control de COVID 19 en el trabajo, para luego registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
Actividad agropecuaria
En insumos para la actividad agropecuaria, los criterios son:
a) Persona natural con negocio: Contar con licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
b) Persona jurídica: Contar con inscripción en la Sunarp, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
Realizar actividades de producción y comercialización a puerta cerrada, utilizando los canales logísticos que consideren adecuados.
En caso de persona natural con negocio, para reiniciar actividades, únicamente deberán elaborar su plan para la vigilancia, prevención y control de COVID 19 en el trabajo, para luego registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
Tecnología de la Información
En servicios prestados a empresas como soporte y servicios profesionales de tecnología de la información, los criterios son:
a) Persona natural con negocio: Contar con licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
b) Persona jurídica: Contar con inscripción en la Sunarp, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.
En caso de Persona natural con negocio, para reiniciar actividades, únicamente deberán elaborar su plan para la vigilancia, prevención y control de COVID 19 en el trabajo para luego registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
Ya lo sabes emprendedor, si tienes un negocio en alguno de estos sectores aprovecha las facilidades de menor tramitología para reanudar actividades.
Etiquetas: confecciones, COVID19, Minsa, negocio, persona natural, Reinicio De Actividades, sectores, Textil