Publicado el: abril 7, 2020
El gobierno ha establecido una serie de medidas económicas, vía reprogramaciones y fraccionamientos, para así brindarle continuidad a la prestación de servicios públicos para poblaciones vulnerables, durante este tiempo de Estado de Emergencia por el brote del coronavirus.
De esta forma, el decreto 035-2020 detalla las acciones que se están contemplando para los servicios de energía eléctrica, gas natural y telecomunicaciones.
Agua Potable
Cabe señalar que el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) había comunicado, hace tres semanas aproximadamente, que no iban a realizarse cortes por falta de pago, durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional.
“Mientras dure la emergencia, se suspenden todos los cortes de servicio de agua potable programados por trabajos de mantenimiento. No se realizará corte de servicio de agua potable por falta de pago a los clientes que acumulen dos recibos vencidos de consumo o una cuota vencida de convenio», mencionaron en un comunicado.
La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) indicó que esta medida alcanza a todas las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que funcionan a nivel nacional.
Energía eléctrica y gas natural
La norma legal señala que los recibos pendientes de pago de energía eléctrica y de gas natural correspondiente a marzo (o durante el estado de emergencia, con lo que se alcanzaría a abril) podrá ser fraccionado por las empresas de prestación hasta en 24 meses. Sin embargo, esto solo aplicará para la población considerada como “vulnerable”.
De acuerdo con el decreto, existen tres grupos considerados a partir de su consumo en esta categoría.
▪Usuarios residenciales del servicio de electricidad con consumos de hasta 100 kWh mensuales.
▪Usuarios residenciales del servicio de electricidad de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo.
▪Usuarios residenciales del servicio de gas natural con consumos de hasta 20 M3/mes.
Para este fraccionamiento, se detalla que no se aplicarán intereses moratorios, cargos fijos por mora o cualquier otro concepto vinculado al no pago de los recibos fraccionados.
Asimismo, se indica que esta división del pago pendiente se realizará hasta 30 días hábiles luego de concluida la emergencia nacional.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), señaló que del segmento de electricidad se alcanzaría a 4,8 millones de hogares que consumen hasta 65 soles (US$18,80) mensuales. Por el lado del gas natural, se abordaría a 875.608 usuarios.
Telecomunicaciones
Sobre el rubro de telecomunicaciones, a mediados de marzo, el gobierno dispuso que las empresas operadoras no pueden suspender o dar de baja el servicio público de telecomunicaciones por falta de pago.
En esta línea, el viernes 3 de abril, el Ejecutivo indicó mediante decreto de urgencia que las empresas prestadores de telefonía fija, internet fijo y móvil, televisión paga pueden brindar facilidades para el pago de los recibos de los abonados residenciales emitido en marzo o durante el período de emergencia.
“Estas facilidades incluyen, pero no se limitan, al fraccionamiento de la deuda hasta por doce meses, salvo que el abonado requiera el fraccionamiento por un período menor”, se lee en el decreto 035-2020. “Las condiciones del fraccionamiento son establecidos por las empresas”, complementa la norma.
También se establece que las empresas no aplicarán intereses moratorios, intereses compensatorios, cargos fijos por mora, cargos por reconexión u otro vinculado al no pago del recibo y/o financiamiento de la deuda vencida.
En la norma se agrega que las prestadoras de servicios pueden brindar los referidos servicios con prestaciones reducidas a los usuarios que mantengan recibos vencidos.
De esto, las empresas deben dar cuenta a Osiptel en un plazo de tres días para fines de supervisión.
El MEF informó que las medidas para los servicios de telefonía e Internet se favorecerían a cuatro millones de hogares.