Publicado el: octubre 7, 2016
Cada vez más las empresas están apostando por contratar colaboradores jóvenes, recién egresados, universitarios o con estudios inconclusos. ¿Cuáles son los derechos y obligaciones que se deben considerar antes de celebrar un convenio de colaboración laboral? Rocío Limas Vásquez, Abogado Laboralista del estudio Laos, Aguilar, Limas & Asociados nos habla del tema.
El colaborador joven necesita de capacitación y obtener experiencia para que pueda desempeñarse con éxito en su campo laboral. Las empresas los prefieren porque pueden formarlos de acuerdo a sus políticas y valores.
Te mencionamos algunas modalidades de colaboración:
Aquí te decimos los principales “beneficios no laborales” que goza el joven en formación:
1.- Jornada de trabajo: La jornada formativa dependerá del tipo de convenio suscrito.
2.- Subvención económica
La subvención económica mensual, no puede ser inferior a una Remuneración Mínima Vital (850 soles).
3.- Descanso físico (“vacaciones”)
La empresa está obligada a otorgar un descanso de quince (15) días subvencionado cuando la duración de la modalidad formativa sea superior a doce (12) meses.
4.- Asignación adicional (“grati”)
La empresa está obligada a otorgar al beneficiario una subvención adicional equivalente a media subvención económica mensual cada seis meses de duración continua de la modalidad formativa.
Para más información puedes visitar la página web www.ilpglobal.com