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Declaración Jurada: Vencimiento empieza el 25

Declaración Jurada: Vencimiento empieza el 25

Publicado el: marzo 23, 2021

Declaración Jurada: Vencimiento empieza el 25

Contribuyente, si aún no has presentado tu Declaración Jurada de Impuesto a la Renta 2020, te comentamos que según Sunat, el cronograma final para la presentación de este se inicia el jueves 25 y concluye el lunes 12 de abril.

Hasta el momento más de 350,000 contribuyentes ya lo hicieron de manera anticipada. De esa cantidad, 220,000 son personas naturales y 130,000 empresas que cumplieron con esa obligación, utilizando los formularios virtuales 709 y 710, disponibles en el APP Personas y en la plataforma Sunat Operaciones en Línea.

Devoluciones

Se estima que de las 600,000 que deben presentar su declaración: 250,000 tendrán una devolución por cobrar. A la fecha ya se han presentado unas 90,000 solicitudes y se han atendido 60,000 (por casi S/ 90 millones), en un plazo mucho menor a los 45 días hábiles establecidos, gracias a la transformación digital iniciada por la entidad.

Las devoluciones se pueden realizar mediante depósito en cuenta, siempre y cuando haya registrado previamente su código de cuenta interbancario, orden de pago financiera o cheque.

Personas jurídicas

Para las personas jurídicas (empresas) se estima que deben presentar la declaración anual unas 700 mil, pertenecientes a los regímenes General y/o MYPE Tributario (no están obligadas a presentarla los contribuyentes del Nuevo RUS y del Régimen Especial de Renta)

Para mayor facilidad al presentar la declaración, estos contribuyentes tienen dos versiones del Formulario Virtual 710, el simplificado o completo, con información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.

Cronograma de vencimientos

Declaración Jurada: Vencimiento empieza el 25

Fraccionamiento

En caso sea necesario, las personas y empresas tienen la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de Sunat.

A la fecha se han recibido cerca de 5 mil solicitudes en línea por un monto de más de S/ 17 millones; habiéndose aprobado rápidamente más del 80% por un monto de S/ 14 millones.

Además, recuerda que se puede aplazar la deuda hasta por seis meses, fraccionarla hasta por 72 meses o aplazarla y fraccionarla a la vez. La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. Solo se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT (S/ 440,000).

Para obtener más información, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/

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