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Cuidado con los regalos y el Patrimonio Injustificado

Cuidado con los regalos y el Patrimonio Injustificado

Publicado el: marzo 14, 2022

SUNAT cada vez tiene más acceso a la información de los contribuyentes. A través del ITF se entera de las compras con las tarjetas de crédito, débito y cualquier operación a través del sistema financiero, con el único propósito de determinar si hay incremento patrimonial no justificado. Así lo señaló a Pulso Empresarial, el destacado tributarista, Walther Belaúnde, Socio de DAMMA Legal Advisor.

Durante el gobierno de Kuczynski, fue designado Jefe de SUNAT, Victor Shiguiyama, quien dejó de fiscalizar un tiempo, pero potenció las herramientas para detectar a través de Inteligencia Artificial (IA) operaciones no declaradas por los contribuyentes, comentó el experto. Es famosa la frase del Shiquiyama, quien dijo que si comprábamos un condón SUNAT se enteraba.

Redes sociales

La información que inclusive se publica en las redes sociales (compra de un auto nuevo, viajes a lugares paradisiacos, anillos, ropa) todo es de utilidad para SUNAT, para determinar si existentes inconsistencias entre lo que paga y declara un contribuyente, precisó Belaúnde.

Un paso más se dio el año pasado cuando se solicitó a las entidades financieras informar sobre movimientos en las cuentas superiores a los 30,800 soles, norma que está en plena aplicación.

Cuidado con los regalos y el Patrimonio Injustificado

En esta tarea de seguir fiscalizando a las personas naturales y al amparo de las facultades tributarias delegadas por el Congreso al Ejecutivo, el Ejecutivo modificó la regulación del Impuesto a la Renta respecto a las disposiciones sobre el sustento para exigir documentos fehacientes o de fecha cierta para acreditar que no existe incremento patrimonial no justificado.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Legislativo Nº 1527, publicado en el diario oficial El Peruano y emitido bajo las facultades legislativas otorgadas por el Congreso al Ejecutivo.

La norma establece que los incrementos patrimoniales no podrán ser justificados con donaciones o liberalidades y para ello señala que si un regalo supera el 30% de la UIT (S/. 1,400) se necesita escritura pública. Belaúnde explico que esto ya lo exige el Código Civil.

Agregó que si se trata de montos menores se debe sustentar con un documento de fecha cierta con firma legalizada. En este caso bastará con una sola firma, agregó.

De acuerdo al decreto legislativo, las presentes modificaciones entrarán en vigencia a partir del 01 de enero de 2023.

Respecto a dicho plazo, el tributarista recomendó anticiparse y cumplir desde ya con lo que exige SUNAT.

Quien no justifica los regalos o dinero tendrá que pagar Impuesto a la Renta, multas e intereses que determine SUNAT.

Mejor anticiparse porque el incremento patrimonial injustificado es considera evasión y esto es un delito, concluyó.

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