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¿Cuáles son tus derechos si trabajas en Periodo de prueba?

¿Cuáles son tus derechos si trabajas en Periodo de prueba?

Publicado el: noviembre 4, 2016

Emprendedor, si te encuentras laborando en un periodo de prueba, debes tener claro los derechos que te corresponden en tu centro de trabajo. Gustavo Quispe, experto Laboralista, te dirá todo lo que necesitas y deber saber acerca del Periodo de prueba.

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Se refiere al tiempo en que el empleador evalúa el desempeño laboral del trabajador. Durante este periodo se observará si el colaborador está apto, o no, a ocupar el puesto de trabajo que requiere la empresa.

El tiempo de periodo de prueba es de 3 meses, pero el empleador y el trabajador pueden pactar un término mayor contados desde el inicio de la prestación de servicios en los siguientes casos:

  • Labores que requieren de un periodo de capacitación o adaptación
  • Labores que por su naturaleza o grado de responsabilidad sea justificada.

La ampliación del periodo de prueba debe constar por escrito y no podrá exceder en con el periodo inicial de 6 meses, en el caso de trabajadores calificados o de confianza y de un año en el caso de personal de dirección.

Las empresas deben realizar un contrato de trabajo a su colaborador desde que inicia a laborar en la empresa. Así mismo, los trabajadores deben estar en planilla desde el primer día de relación laboral.

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Muchas empresas cometen el error de tener a sus colaboradores en un periodo de prueba sin contrato, y pasado el tiempo de 3 meses recién le brindan un contrato a plazo fijo. Esto, es un grave error porque están generando sin darse cuenta un contrato a plazo indeterminado, que atribuye al trabajador la protección de despido arbitrario, es decir, este puede solicitar una reposición por daños y prejuicios o una indemnización que corresponde a un sueldo y medio.

Por ello, debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Mientras el trabajador se encuentre en el Periodo de prueba, tiene los mismos derechos laborales que un trabajador que ya supero dicho periodo. Es decir, desde el primer día debe estar en planilla, recibir el pago de su remuneración, vacaciones, etc.
  • El trabajador, durante este periodo, no estará protegido contra un despido arbitrario y por lo tanto, no tendrá derecho al pago de una indemnización.
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  • Sólo si supera el mes de relación laboral, tendrá derecho a una liquidación de beneficios sociales.
  • En el Periodo de prueba los empleadores no están obligados a las formalidades de un despido, si es que deciden no contar con los servicios de la persona que estuvo a prueba.
  • Las vacaciones del colaborador se cuentan desde el primer día que empieza a laborar en la empresa. El empleador no puede negarse a darle sus vacaciones correspondientes cuando el trabajador cumpla un año laborando para la empresa.
  • La jornada laboral del trabajador no puede exceder las 48 horas semanales. Pero si eso sucede, tienes derecho al pago de horas extras.

Si te encuentras frente a un abuso laboral, puedes acudir a la SUNAFIL y hacer tu denuncia, ellos se encargarán de poner una multa a la empresa. También puedes acudir al Poder Judicial, si la empresa pierde tendrá derecho a pagarte y cubrir todos los costos que usaste para realizar la demanda.

Para más información puedes visitar el blog “Anotaciones laborales” o llamar al número 989-438-767.

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