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COVID-19: ¿Pruebas sólo para personal de riesgo?

COVID-19: ¿Pruebas sólo para personal de riesgo?

Publicado el: julio 2, 2020

COVID-19: ¿Pruebas sólo para personal de riesgo?

Emprendedor, las empresas ya no estarían totalmente obligadas a realizar pruebas de COVID-19 a todo su personal que regrese a laborar, ya que la aplicación de las pruebas dependerá del grado de riesgo en el que se encuentren los colaboradores dentro de su centro de labores.

Reactivación

Al inicio de la reactivación económica en mayo, el Minsa determinó que esto se establecía en el  “Plan para la vigilancia, prevención y control del coronavirus en el centro de trabajo”, donde se clasifican los puestos de trabajo en cada colaborador.

Con esto las empresas estaban obligadas a realizar pruebas rápidas a personal de mediano, alto y muy alto riesgo.

Sin embargo, ahora con la Resolución Ministerial N ° 448-2020, solo se les exige costear las pruebas de empleados con alto y muy alto riesgo.

Categorías

▪Riesgo bajo: Empleos en los que no se necesita tener contacto cercano a menos de un metro de distancia con el público o es posible establecer barreras físicas con este.

▪Riesgo mediano: Se requiere de contacto a menos de un metro de distancia y no se pueden poner barreras físicas.

▪Riesgo alto: Trabajos con riesgo potencial de exposición a casos de COVID-19, pero sin exposición a aerosoles en el ambiente.

▪Riesgo muy alto: Trabajos que incluyen el contacto con casos de COVID-19 y exposición a aerosoles en el ambiente.

Para finalizar, las empresas ya no están obligadas a costear las pruebas para trabajadores de atención al público, recepcionistas o cajeros, ya que se consideran de riesgo bajo o mediano.

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