Publicado el: noviembre 2, 2020
La SUNAT pondrá a disposición, a partir del 1 de diciembre, el Expediente Electrónico de Reclamación, que permitirá a los contribuyentes presentar sus escritos de reclamación de manera digital, las 24 horas del día y sin salir de casa.
Beneficios
Mediante este nuevo canal se facilitará y simplificará la presentación de reclamaciones, escritos de atención de requerimientos y solicitudes seguidos ante la Administración Tributaria, eliminando el uso de documentos físicos, así como los costos y tiempos de desplazamiento hasta los centros de servicios.
¿Cómo acceder?
Para poder utilizar el Expediente Electrónico de Reclamación, los contribuyentes solo deberán ingresar a SUNAT Operaciones en Línea, módulo disponible en el portal institucional www.sunat.gob.pe con su Código de Usuario y Clave SOL.
Canal electrónico
El contribuyente empleará este canal para iniciar, un procedimiento de reclamación consignando en la plataforma habilitada, el argumento sustentatorio – incluyendo anexos, de ser el caso, generando así el respectivo expediente electrónico con el que podrá interactuar con la SUNAT hasta la conclusión del procedimiento.
El expediente, que será asignado de manera automática a la unidad que lo atenderá, también permitirá la presentación de escritos en respuesta a requerimientos de la Administración y solicitudes, los que formarán parte de su contenido, tanto como las notificaciones, constancias, requerimientos, escritos, y demás documentos, propios de la gestión del procedimiento.
Más información
Los contribuyentes también podrán conocer “en línea” el contenido y el estado de sus expedientes iniciados.
Este nuevo servicio forma parte del Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) que actualmente incluye, entre otros, los expedientes de los procedimientos de cobranza coactiva y fiscalización.
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