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¿Cómo se paga al trabajador que labora el 1 de mayo?

¿Cómo se paga al trabajador que labora el 1 de mayo?

Publicado el: abril 29, 2016

Emprendedor, como sabemos este domingo 1ero de mayo es el Día del trabajo, en el cual los trabajadores usualmente tienen su descanso semanal obligatorio. Ante las dudas de si los trabajadores recibirán o no un pago por esta fecha, te decimos lo siguiente :

Este 1 de mayo, Día del Trabajo caerá domingo, mira si te corresponde el pago adicional.

La norma que regula los descansos remunerados para los trabajadores del régimen laboral, reconoce que el Día del trabajo, es como un día feriado no laborable en el cual los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado. Sin embargo, se precisa que cuando el feriado por el Día del Trabajo coincida con el descanso semanal, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente, además de la remuneración por el día de descanso semanal obligatorio.

Por tal motivo, y advirtiendo que el feriado por el Día del Trabajo es el domingo 01 de mayo de 2016, los empleadores deberán efectuar el pago diferenciado por dicho feriado aun cuando coincida con el día de descanso semanal obligatorio de sus trabajadores.

Así, ese 1° de mayo se realiza el siguiente tratamiento:

1.- Si el feriado por el Día del Trabajo coincide con el descanso semanal del trabajador. La empresa deberá remunerar al trabajador por el día de descanso (incluído en la remuneración del mes), más un adicional (treintavo) por el feriado. Por ejemplo si tu remuneración es de S/ 1 500:

– Si no labora y el 1 de mayo coincide con su día de descanso, percibirá los S/ 1 500 + S/ 50.

2.- Si el trabajajador labora el domingo porque el Día del Trabajo no coincide con su descanso semanal. La compañía deberá realizar el pago correspondiente al día feriado, más una remuneración por el trabajo con una sobretasa del 100%.

– Si labora y el 1 de mayo no coincide con su día de descanso percibirá los S/ 1 500 + S/ 100.

3.- Si el trabajador no descansa el domingo y no va a trabajar ese día feriado. En este caso la empresa solo le pagará su sueldo.

– Si no labora y el 1 de mayo no coincide con su día de descanso (porque no descansa domingo) percibirá los S/ 1 500.

4.- Si el trabajador pese a que su descanso semanal cae domingo le toca trabajar, sin que puede tener un descanso sustitutorio. El empleador deberá pagarle 4 remuneraciones. Uno, por el descanso semanal (incluído en su sueldo del mes), segundo una remuneración adicional por el Día del Trabajo, tercero un pago por la labor efectuada y una sobretasa de 100% adicional por el día laborado en un feriado.

– Si labora y el 1 de mayo coincide con su día de descanso percibirá los S/ 1 500 + S/ 150.

 

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