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Bancos: ¿Cómo identificar prácticas abusivas?

Bancos: ¿Cómo identificar prácticas abusivas?

Publicado el: agosto 10, 2020

Hace unos días la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS) oficializó la modificación del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, que enumera y señala las prácticas que no se adecuan a los criterios establecidos en el reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, por ser consideradas abusivas. Así lo señaló a Emprendedorestv.pe, Elías Vargas, Intendente de Supervisión Conducta de Mercado SBS.

Vargas explicó que respecto a la tarjeta de crédito, las prácticas abusivas son:

▪El cobro de más de un cargo por incumplimiento de pago por cada ciclo de facturación y tarjeta, cualquiera sea la naturaleza del cargo.

▪El cobro de la comisión de membresía anual antes de cumplirse el año de vigencia del servicio prestado asociado a la tarjeta de crédito.

▪La modificación del monto de la comisión de membresía anual o de las condiciones de su exoneración, antes de cumplirse el año de su vigencia, salvo que ello sea más beneficioso para el cliente.

▪Tratamiento diferenciado, respecto del cobro de intereses, entre operaciones revolventes y operaciones a una sola cuota, cuando son pagadas dentro de la fecha de vencimiento del estado de cuenta del periodo.

▪Limitaciones o restricciones, incluyendo el pago previo de la deuda, para migrar a otra tarjeta de crédito, inclusive a aquella tarjeta sin comisión de membresía.

Bancos: ¿Cómo identificar prácticas abusivas?

También manifestó que las siguientes son prácticas abusivas de las entidades financieras:

▪El cobro de cargos por concepto de reposición de tarjetas de crédito y/o débito que hayan sido retenidas, anuladas o bloqueadas por causas imputables a la empresa

▪Exigir la reposición de la tarjeta de crédito o débito, según corresponda, para la cancelación del producto y/o la resolución del contrato.

▪Condicionar la contratación, modificación o resolución de un producto o servicio financiero, a la contratación de un producto o servicio adicional, cuando éste no corresponda con la naturaleza del producto o servicio.

▪Respecto al tratamiento de clientes a los que hace referencia la Sexta Disposición Complementaria Final del Reglamento, aquellas que impliquen limitaciones y/o condiciones para el acceso al tratamiento que no se encuentren conforme a las políticas y procedimientos de la empresa.

¿Cómo reclamar?

El Intendente de Supervisión Conducta de Mercado de la SBS señaló que en caso de detectar las prácticas abusivas antes señaladas, los clientes del sistema financiero pueden presentar su reclamo a la misma entidad, recurrir al Indecopi y también la propia SBS a través de su página web y líneas gratuitas 0800-10840, están dispuestos a atender los reclamos.

Ya lo sabes emprendedor, haz respetar tus derechos, reclama apenas seas víctima de una práctica abusiva por parte de las entidades financieras.

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