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AFP: ¿Podré retirar del fondo?

AFP: ¿Podré retirar del fondo?

Publicado el: octubre 12, 2023

El Poder Ejecutivo ya remitió al Congreso el Proyecto de Ley sobre la reforma del sistema privado de pensiones que trae algunos cambios a la legislación vigente. Así la propuesta establece que los nuevos afiliados y los afiliados menores de 40 años del Sistema Privado de Pensiones (a la entrada en vigencia de la ley) no accedan al retiro del 95.5% de los fondos al jubilarse.

“En el caso de los afiliados al sistema, la medida normativa establece que los nuevos afiliados y los afiliados menores de 40 años del SPP no acceden al retiro del 95.5% de los fondos al jubilarse, sino que deben optar por una forma de jubilación (retiro programado o renta vitalicia)”, detalla el proyecto de ley.

Si bien la medida puede tener un impacto económico negativo por la limitación de acceso a recursos de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC), este sería débil, mientras que el impacto social sería mayor, dado que se está priorizando garantizar la suficiencia de las pensiones, que les permitirá atender necesidades propias de la etapa de vejez.

Reducción de pensionistas

El documento establece que a partir del 2016, por efecto de la Ley N° 30425 que introdujo la opción de poder retirar, al momento de la jubilación, hasta el 95.5% de los saldos acumulados en la CIC, se observa una significativa reducción del número de nuevos pensionistas de jubilación.

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Precisa que el número de nuevos pensionistas pasó de 12,109 en el 2015 (antes de la vigencia de la ley de retiro de la CIC por jubilación) a 577 en el 2021, lo que significó una reducción del 95.2%.

“Similar resultado se observa en los montos anuales para contratar rentas vitalicias, que disminuyó 97.3% en el mismo periodo”, apuntó.

Jubilación anticipada

Resultado de la aprobación de la posibilidad del retiro de hasta 95.5% de la CIC para aquellos afiliados que califican para el Régimen de Jubilación Anticipada (REJA)  hasta diciembre del 2021, se vio que de un total de 430,424 afiliados que cumplieron los requisitos para jubilarse (anticipadamente o por edad legal), el 98.3% retiraron el total de su fondo de pensiones y solo el 1.7% restante asignó una parte (1.4%) o la totalidad de su fondo para financiar una pensión (0.3%).

En ese contexto, la reforma de pensiones establece que para las personas que opten por el REJA, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá realizar una evaluación para definir la disponibilidad de recursos.

“En la medida que se mantenga la opción de retiro a suma alzada del ahorro previsional, se generará cada vez un mayor número de afiliados sin pensión de jubilación”, precisa el proyecto.

¿Dispondré de mi fondo?

El proyecto del Ejecutivo establece que las personas afiliadas al SPP pueden optar, en cualquier momento, por retirar hasta el 25% del fondo de su CIC para pagar la cuota inicial o amortizar un crédito hipotecario de un primer inmueble.

Ello, siempre y cuando se trate de un crédito hipotecario otorgado por una entidad del sistema financiero o una cooperativa de ahorro y crédito.

Asimismo, se permitirá a las personas afiliadas a las AFP pueden optar por retirar hasta el 50% de sus aportes, incluyendo su rentabilidad, cuando padezca de enfermedad terminal o tengan un diagnóstico de cáncer que reduzca su expectativa de vida, debidamente declarada por el comité médico evaluador del SPP.

(prensa@emprendedorestv.pe)

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