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¡Adiós prohibición a tercerizar!

¡Adiós prohibición a tercerizar!

Publicado el: julio 24, 2023

Ayer se puso fin a una de las mayores limitaciones impuestas por el gobierno del expresidente Castillo, que fue la prohibición de tercerizar actividades nucleares. Esta limitación fue eliminada mediante la Resolución No.0270-2023/CEB-Indecopi. En consecuencia, las empresas podrán seguir tercerizando procesos nucleares (“core” del negocio), subcontratando terceros.

La citada resolución la suscribe la Comisión de Barreras Burocráticas de Indecopi, que ha dispuesto que estamos ante una traba burocrática, contraria a las leyes por establecer prohibiciones ilegales y no razonables para tercerizar.

Adiós limitaciones

Según expertos laboralistas, esta resolución, en la práctica, deroga las limitaciones para tercerizar actividades nucleares, que se fijaron por Decreto Supremo No. 001-2022-TR. Cabe indicar, que la Resolución del Indecopi fue publicada en el Diario El Peruano al final de la tarde de ayer.

Las tercerizaciones son necesarias para el mercado y la mayoría de los países del mundo las permiten, porque generan empleo. Lo que las leyes no deben permitir es que se contraten empresas fachada para no cumplir con los derechos de los trabajadores. Por ello, las empresas que tercericen deben contar con recursos propios y ser formales.

Argumentos

En edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano fue publicada la  Resolución de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi, declaran barreras burocráticas ilegales la prohibición de tercerizar las actividades que formar parte del núcleo del negocio de una empresa; y la exigencia de considerar como desnaturalización de la tercerización cuando el desplazamiento de trabajadores por parte de la empresa tercerizadora se realiza para el desarrollo de actividades que forman parte del núcleo del negocio.

«El motivo de ilegalidad radica en que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo contraviene el artículo 3 de la Ley Nº 29245, Ley de Servicios de Tercerización, el cual establece que los contratos tienen por objeto que una empresa encargada de la tercerización se haga cargo de una parte integral del proceso productivo, sin establecer limitaciones respecto el tipo de actividades a tercerizar».

Por otro lado, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de INDECOPI deberá resolver los expedientes que 40 empresas afectadas por la norma dada por el gobierno de Castillo presentaron ante dicha instancia. Es de esperar que sean resueltos en función a la última resolución del CEB de INDECOPI.

(prensa@emprendedorestv.pe)

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