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5 Tips para emprender con éxito

5 Tips para emprender con éxito

Publicado el: junio 24, 2022

El espíritu emprendedor peruano es imparable y las cifras lo evidencian. Según el ranking del Global Entrepreneurship Monitor, en los últimos 5 años, Perú se ubica en el top 5 de los países más emprendedores en etapa temprana. Sin embargo, también tenemos una alta tasa de mortalidad empresarial con emprendimientos que no superan el año y los primeros 5 años de vida.

¿Cómo revertir estas cifras? Si bien son muchos factores, una manera de contrarrestar esta situación es con información: mientras más y mejor informados estén los emprendedores, mejores herramientas tendrán para la supervivencia y crecimiento de sus negocios.

Uno de ellos, es tener conocimientos legales básicos al momento de crear la empresa o emprendimiento. Al respecto, Paul Vizcarra, Docente de la Carrera de Derecho de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya (UARM), nos da las siguientes recomendaciones al empezar un negocio:

1. Empresa como persona natural: Uno de los primeros pasos a tener en cuenta al momento de constituir una empresa es la elección, si esta se desarrollará a título de persona natural o jurídica. En el caso de una Persona Natural, se puede ejercer cualquier actividad económica siempre y cuando cumpla con todos los requisitos legalmente exigidos. Se recomienda para emprendimientos cuyos clientes serán personas y no empresas y, cuando el negocio tendrá una baja exposición al riesgo debido a que cualquier deuda u obligación deberá enfrentarse con el patrimonio personal.

2. Empresa como Persona Jurídica: Es un entidad conformada por una o más personas que ejercen derechos y obligaciones a nombre de la empresa creada por ellas. En este caso, la empresa es quien asume las obligaciones, deudas y compromisos y no las personas que la crearon (Aquí la principal diferencia con la persona natural). Tiene varias modalidades según necesidades de la empresa: Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima cerrada (S.A.C.) Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), Empresario Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) o Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.).

3. Régimen Tributario: Es en la SUNAT, donde tanto persona natural como jurídica, deben elegir el régimen tributario del negocio, pues esta establece la manera en la que se pagarán los impuestos y los niveles de pagos de los mismos, que estarán asociados a las ventas. Puedes elegir entre cuatro regímenes tributarios diferentes: i) Nuevo Régimen único Simplificado (NRUS) – Personas naturales con pequeño negocio. ii) Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER) – Personas con negocio y personas jurídicas que obtengan rentas provenientes de: actividades de comercio y/o industria, y actividades de servicios. iii) Régimen MYPE Tributario (RMT) – Para las micro y pequeñas empresas. iv) Régimen General (RG) – Dirigido a las medianas y grandes empresas.

4. Licencia de funcionamiento: Aspecto importante por el cual la municipalidad autoriza el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado. Si bien los requisitos varían de acuerdo a la Municipalidad del lugar donde se encuentra ubicado el local del negocio, estos suelen estar determinados usualmente por la siguiente información: nombre del dueño del establecimiento, metraje del lugar, RUC y DNI del representante legal, vigencia de poder del negocio (se solicita de SUNARP), y la licencia de Defensa Civil.

5. Registra la imagen visual: El registro de los signos distintivos del negocio (marca, nombre comercial, etc.) no constituye requisito obligatorio para el desarrollo de actividades comerciales; sin embargo, resulta importante realizarlo ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ya que otorga derechos exclusivos respecto a su uso, transferencia, cesión, entre otros.

Emprendedor sigue estos consejos y emprenderás con éxito.

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