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Mype: SUNAT rebaja multa en 100%

Mype: SUNAT rebaja multa en 100%

Publicado el: junio 14, 2021

Mype: SUNAT rebaja multa en 100%

Emprendedor una buena noticia. SUNAT redujo en 100% las multas a las microempresas con ingresos anuales de hasta 150 UIT (645,000 soles con la UIT del 2020) que no hayan presentado las declaraciones juradas, siempre y cuando subsanen voluntariamente esa omisión.

Esta facilidad está dirigida a las microempresas, que se encuentran en el Régimen General, MYPE Tributario y Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), cuyos ingresos netos no superen el monto señalado. Cabe indicar que las microempresas representan el 95% del total de las empresas del país.

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000078-2021/SUNAT, publicada en el diario oficial El Peruano, se modifica el Régimen de Gradualidad referida a la sanción por no presentar las declaraciones juradas en los plazos legales establecidos.

Rebajas de multas

La norma establece que la reducción de la multa será del 100% si es que subsanan voluntariamente esta infracción presentando la declaración jurada correspondiente si omitió presentarla antes de ser notificados por la SUNAT; si lo hacen dentro de los 7 días de recibida la notificación, la reducción es de 95% o 90%, dependiendo de si se cumple o no con el pago total de la multa rebajada más los intereses respectivos.

De esta manera, se les facilita a las microempresas el cumplimiento de sus obligaciones tributarias para que puedan continuar desarrollando sus actividades económicas de manera formal, en el marco de la progresiva reactivación del país.

Mype: SUNAT rebaja multa en 100%

Se salvaron

Cabe señalar que la tabla de infracciones y sanciones del Código Tributario establece que la no presentación de la declaración de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos tiene una multa de 1 UIT para las empresas del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario, y de 50% de la UIT para las empresas del Régimen Especial del Impuesto a la Renta.

Los alcances de esta resolución también aplican a las sanciones impuestas antes de la entrada de vigencia de la presente norma, siempre que el infractor cumpla con los criterios de gradualidad establecidos y no se hubiera acogido a una gradualidad anterior, no generando derecho alguno a devolución o compensación.

Nuevo RUS

SUNAT también estableció mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000012-2021-SUNAT/700000 la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar administrativamente a los contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS), con la multa, por haber omitido con presentar la declaración jurada en los plazos establecidos.

Esta medida tiene por propósito incentivar a estos contribuyentes a que cumplan con esa obligación tributaria; y es de aplicación, inclusive, a las infracciones cometidas con anterioridad al 11 de junio de 2021, siempre que a dicha fecha no se hubiere emitido la resolución de cierre, o habiéndose emitido no hubiere surtido efecto su notificación.

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