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Licencias de funcionamiento se obtendrán en menos tiempo

Licencias de funcionamiento se obtendrán en menos tiempo

Publicado el: septiembre 24, 2015

Uno de los problemas a los que se enfrenta todos los que quieren constituir y formalizar su empresa son las licencias de funcionamiento, pero este problema podría quedarse en el pasado. Según  el  Decreto Legislativo N° 1200 publicado en el diario oficial El Peruano, se simplificaran los procedimientos para la obtención de licencias de funcionamiento municipal. 

Estos son los principales cambios que fueron aprobados.

  • Las licencias se otorgarán a las empresas que incluyan más de un giro de negocio, siempre y cuando sean afines o complementarios. Por ejemplo, ahora una empresa podrían dedicarse a más de un rubro determinado, siempre y cuando se complementen.
  • Mediante ordenanzas municipales se deberán determinar y definir los giros afines y complementarios aplicables en su jurisdicció
  • La licencia de funcionamiento para concesionarios permitirá la realización de actividades simultáneas en un establecimiento que ya cuenta con licencia.
  • Para que la municipalidad de un distrito otorgue una licencia, sólo se evaluará la zonificación y compatibilidad de uso y las condiciones de seguridad de la edificación, mientras que los demás requisitos podrán ser fiscalizados posteriormente.
  • Los mercados de abastados, galerías comerciales y centros comerciales podrán obtener una sola licencia corporativa.
  • Ahora las instituciones o dependencias del sector público que se encuentran exoneradas de obtener licencias de funcionamiento, con estas nuevas normas deberán respetar las normas de zonificación acreditando ante la municipalidad que cumplen con las normas sobre seguridad que se establecerán en el reglamento.

Para el otorgamiento de la licencia se exigirá:

  1. Solicitud – declaración jurada –, consignando RUC, DNI, carné de extranjería y documentos del representante;
  2. Vigencia de poder del representante de la persona jurídica. Si representa a una persona natural, bastará carta poder con firma legalizada.
  3. Declaración jurada de cumplimiento de las condiciones de seguridad en las edificaciones o las condiciones de seguridad que señale el reglamento para edificaciones con alto riesgo o muy alto;
  4. Obtenido el informe favorable de seguridad, el certificado será emitido por la municipalidad en el plazo de 3 días hábiles de realizada la inspecció El empresario estará facultado a solicitar a la municipalidad para que expida la respectiva licencia de funcionamiento, bajo responsabilidad;
  5. Adicionalmente, de ser el caso, se exigirá copia del título profesional (servicios de salud), informar el número de establecimientos del local y autorización sectorial.

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