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Domingo: ¿Qué actividades están permitidas?

Domingo: ¿Qué actividades están permitidas?

Publicado el: agosto 13, 2020

Domingo: ¿Qué actividades están permitidas?

El Gobierno determinó que el servicio de delivery de restaurantes estará permitido los domingos que se acatará la inmovilización social obligatoria, medida impuesta para contener el COVID-19.

Así lo establece el Decreto Supremo N° 139-2020-PCM publicado en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

Personal autorizado

Según la norma, durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).

También se exceptúa al personal necesario para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.

Domingo: ¿Qué actividades están permitidas?

Asimismo, para las actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

“Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención según la norma de la materia”, precisa el dispositivo legal.

Prensa

En el caso del personal de prensa escrita, radial o televisiva, el Gobierno remarcó que podrá transitar durante el periodo de inmovilización obligatoria total siempre que porten su pase personal laboral, credencial periodística y DNI.

Emergencias

También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia, por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria”, se indica en el decreto supremo.

Cabe indicar que la inmovilización social de los domingos es para todos los ciudadanos, a nivel nacional durante todo el día, hasta las 4:00 horas del día siguiente.

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