Publicado el: diciembre 20, 2016
Emprendedor, el Ejecutivo publicó norma que establece el Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias y otros ingresos administrados por la Sunat. Paul Serrano, Tributarista de Quantum Consultores, nos dice cuáles son las deudas que se pueden fraccionar y quiénes pueden acogerse.
Las pequeñas y medianas empresas (Pymes) que hayan facturado hasta 2,300 UIT (cerca de S/ 9 millones) tendrán la opción de fraccionar sus deudas con Sunat . Además, serán eliminadas las deudas tributarias menores a 1 UIT (equivalente a S/ 3,950) que se hayan mantenido con la entidad recaudadora.
La norma establece que el FRAES alcanza, con carácter excepcional, a los sujetos con deudas tributarias por impuesto a la renta, impuesto general a las ventas, impuesto selectivo al consumo, entre otros.
También por otros ingresos administrados por la Sunat, tales como procedimiento de cobranza coactiva, órdenes de pago, resoluciones de multa que se hayan generado hasta el 30 de setiembre de 2016.
Descuentos
Los sujetos acogidos al fraccionamiento especial (FRAES) de deudas tributarias y otros ingresos administrados por la Sunat accederán a un bono de descuento que se aplica sobre los intereses, actualización e intereses capitalizados, así como sobre las multas y sus respectivos intereses, actualización e intereses capitalizados contenidos en la deuda.
Por ejemplo, si una empresa tiene una deuda de 0 hasta 100 UIT, tendrán un bono de descuento de 90%, es decir sólo pagaría el 10% de su deuda. La totalidad de la deuda se puede fraccionar hasta en 70 cuotas mensuales.
Para dicho descuento se consideran los siguientes porcentajes establecidos:
– Deudas de más de 2,000 UIT se les hará un descuento de 50 %.
– Deudas de 100 a 2,000 UIT el descuento será de 70 %.
– Deudas de 0 hasta 100 UIT el descuento es 90 %.
Si una empresa o persona natural no paga una deuda, irán a las centrales de riesgo, y perjudicarán su historial crediticio. Sin embargo, con un fraccionamiento no se llegaría a esos niveles de ser reportados a INFOCORP.
Ten en cuenta que si tiene dos empresas vinculadas, y una de ellas vende más de 9millones no podrá acogerse al fraccionamiento especial. Tampoco podrán acogerse las empresas que tienen condenas por delitos tributarios.