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¡Conoce los documentos que no se exigirán durante un trámite!

¡Conoce los documentos que no se exigirán durante un trámite!

Publicado el: noviembre 10, 2016

Emprendedores, a fin de acelerar los trámites administrativos, el Gobierno prohibió a las entidades públicas exigir a los usuarios una serie de documentos que antes sí se solicitaban para hacer un procedimiento o trámite administrativo. ¡Te contamos cuáles son los documentos!

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En su artículo 5, dicho decreto precisa los documentos que las entidades públicas estarán prohibidas de exigir en adelante:

a) La denuncia policial será gratuita y los ciudadanos no tendrán la obligación de ir al Banco de la Nación para obtener una copia.

b) Las entidades públicas solicitarán los datos ( como DNI y certificados de antecedentes penales) del ciudadano una sola vez. Para lo cual, los organismos deberán interconectarse y compartir sus bases de datos.

c) Se prohíben documentos inútiles o aquellos que muchas veces «no son relevantes o redundantes»

d) El certificado de supervivencia para adultos mayores, que probaba que el pensionista estaba vivo, ya no será exigido, pues serán las entidades públicas encargadas de probar esa supervivencia a través de Reniec.

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e) El certificado de discapacidad podrá ser obtenido en cualquier centro de salud público y privado y la que sea «evidente» no requerirá trámite y se crearán brigadas itinerantes.

f) Se podrá realizar diversos trámites y actos administrativos aun cuando el Documento Nacional de identidad esté vencido.

g) Las empresas no tendrán que inscribir los contratos de sus trabajadores ante el Ministerio de Trabajo, sino que esto se simplificará a través de la planilla electrónica.

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