Si quieres pagar menos Impuesto a la Renta (IR) como persona natural, debes como que son los gastos deducibles y cuáles califican como tales para las SUNAT.
Los gastos deducibles son los gastos que realizas durante el año en restaurantes, bares, hoteles, servicios turísticos, actividad artesanal, alquiler de inmuebles, aportaciones a EsSalud por trabajadores del hogar, servicios profesionales y oficios.
¿Para qué sirven?
Puedes utilizarlos para reducir el Impuesto a la Renta que te corresponde pagar en tu Declaración Anual y tiene un límite de 3 UIT o S/ 13,800.00 en conjunto. Ten en cuenta que la UIT para el año 2022 es de S/ 4,600.00.
Puedes beneficiarte de esta reducción, cuando eres:
- Trabajador independiente: prestas servicios de manera personal e individual y emites recibos por honorarios; es decir, generas rentas de cuarta categoría.
- Trabajador dependiente: prestas servicios en forma subordinada para un empleador, es decir, generas rentas de quinta categoría.
¿Qué gastos con deducibles?
- Consumos en hoteles y restaurantes.
- Alquiler de inmuebles que sean para vivienda o vivienda y negocio a la vez.
- Pagos de servicios prestados por médicos y odontólogos, sustentados en recibos por honorarios electrónicos.
- Pagos por servicios turísticos y actividad artesanal.
- Pagos por servicios de guías de turismo, servicios de turismo de aventura y servicios de artesanos, sustentados con recibos por honorarios electrónicos.
- Pagos por servicios de cualquier otra profesión, oficio, arte o ciencia, prestados con recibos por honorarios electrónicos.
- Pagos por las aportaciones a EsSalud de trabajadores del hogar.
¿Qué debemos cumplir?
Para que accedas a la deducción de hasta de 3 UIT o S/ 13,800.00 en tus impuestos, debes:
- Usar depósito en cuenta, transferencia bancaria, tarjeta de débito o crédito, entre otros, si realizas consumos a partir de S/ 2,000.00 o US$ 500.00. Este requisito no aplica para el pago por aportaciones a EsSalud.
- El RUC del emisor debe encontrarse en estado activo y habido al 31 de diciembre de cada año.
- El emisor no debe estar con baja de inscripción en el RUC a la fecha de emisión del comprobante.
Emprendedor, sigue estas indicaciones y podrás pagar menos IR, en la próxima Declaración Anual del IR.