Publicado el: julio 12, 2016
Emprendedor, si eres una persona natural o tienes una empresa con ventas anuales superiores a las 75 UITs, debes saber que estás obligado a llevar libros y registros contables de manera electrónica. Esta modalidad tiene ventajas porque eliminarás los gastos que representan el llevado de Libros de manera física. Aldo Sánchez, Tributarista de Asesorandina, a continuación nos explica sobre esta obligación:
Los libros contables electrónicos, son un archivo de formato texto que cumple con las especificaciones de SUNAT, y sirven para que llevar los registros de ventas y compras.
El registro electrónico se puede hacer de dos maneras:
Desde el 2016, los contribuyentes con ingresos iguales o mayores a 75 Impositivas Tributarias (UIT), monto alrededor de los 300 mil soles en el año, estarán obligados a llevar sus libros electrónicos.
La ventaja de los libros electrónicos es evitar gastos de legalización, impresión, almacenamiento y seguridad. Pues de manera electrónica a través de SUNAT ya tienes tu constancia de presentación.
Además, si lo llevas de manera manual y no tienes al día tus libros contables, Sunat podría sancionarte con una multa. El plazo para tener al día los libros electrónicos contables se extendió hasta el 30 de setiembre, y si has iniciado tus operaciones este año, el plazo se entiende hasta el 30 de diciembre.
Si te compras un software contable, como un Cóncar o un Starsoft, tienen un costo que oscilan entre 500 a 1000 dólares, monto que tendrás que invertir, por eso es obligatorio para las empresas a partir de las 75 UIT.
Para más información puedes comunicarte al número 618-1515 o escribir al correo contacto@asesor.com.pe