Publicado el: noviembre 15, 2016
Emprendedor, Sunat aprobó una norma que beneficia a las microempresas con ventas anuales de hasta 150 UIT, para que puedan fraccionar la deuda de IGV del periodo corriente. José Luis Calle, Profesional de la Admisión de Servicios de la Sunat, nos explica el tema a detalle.
A partir del 15 de noviembre del presente mes, los contribuyentes podrán fraccionar su deuda de IGV corriente, en el mismo momento que presentan su declaración, en un periodo de 12 meses, sólo si no superan ingresos por 150 UITs (592,500 soles).
Para ello, los contribuyentes deben presentar su declaración y abrir un link habilitado en el sistema, en caso que la aprobación de su fraccionamiento sea automática. Luego, le llegará a su buzón electrónico la resolución que le otorga el fraccionamiento hasta por 12 meses sin cuota inicial, con cuota mínimas de 5% de la UIT.
Para acogerte a esta solicitud debes tener en cuenta lo siguiente:
Ten en cuenta, que puedes realizar como máximo 10 fraccionamientos por entidad. Es decir, sólo tendrás un solo fraccionamiento por IGV corriente. Si tienes alguna deuda con Essalud o cualquier otra, también puedes fraccionarla.
¡Recuerda! Si quieres fraccionar tu deuda automáticamente, debes presentar tu declaración y abrir el enlace habilitado en el sistema.
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