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¡Evita Incrementos patrimoniales injustificados que detecta Sunat!

¡Evita Incrementos patrimoniales injustificados que detecta Sunat!

Publicado el: marzo 3, 2017

Emprendedor, las investigaciones de Sunat a los incrementos patrimoniales injustificados, no están reservadas exclusivamente a personas influyentes en el quehacer político. Los ciudadanos de a pie también son sujetos a este tipo de fiscalizaciones. Para evitar resultados que nos afecten, José Castillo, Director General de Focus Asesores Patrimoniales, nos explica que medidas adoptar.

Agencia-Tributaria-Espana

El desbalance patrimonial ocurre cuando los gastos de las personas son mayores que sus ingresos declarados o su patrimonio. Es allí cuando se presenta la figura de incremento patrimonial no justificado. Sea por el incremento de sus activos (bienes) o por disminución de sus pasivos (deudas), sin que pueda acreditarse la fuente que lo originó.

Por ejemplo, si el contribuyente gana S/1.000 en total S/.15mil al año con gratificaciones más bonificaciones y decide comprar una casa de S/.100mil. Para ello debería contar con un ahorro o financiamiento bancario. Si esos elementos no figuran en el sistema financiero, se detecta como persona sospechosa de una inconsistencia patrimonial.

Esta situación genera una carta inductiva de Sunat, entidad que procederá a revisar el estado de cuenta, mediante el ITF, para determinar si los movimientos bancarios coinciden con las adquisiciones de bienes. Por lo tanto, la persona tiene que sustentar y justificar esas variables.

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Cuando la persona natural o jurídica tiene un incremento patrimonial no justificado, lo primero que se presume es que tuvo ingresos que afectan el Impuesto a la Renta y no los declaró. Los ingresos de caja o ingresos de efectivo a una cuenta no siempre provienen por rentas, también de préstamos, donaciones, ventas de activos, etc. Por ello, cuando la Sunat no advierte de los cruces de información que realiza, el contribuyente debe validar y sustentar cuando la entidad le cuestione.

Lo primero que debe hacer el contribuyente en estos casos es acercarse a Sunat para saber exactamente cuál es el tamaño de incompatibilidad que ha determinado y en función de eso sustentar.

En este tipo de evaluación, las personas funcionan como empresas, es decir, cada año tienen un nivel de ingresos, gastos que generan saldos disponibles. Como Sunat no puede saber cuánto pagó por colegio, seguro,lo que hace es presumir el gasto.

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Por ejemplo, si la persona gasta el 30% de sus ingresos en vivir, le queda el 70% para inversión y ahorro. Entonces, si este último porcentaje no coincide con sus adquisiciones registrales, Sunat presume que ha tomado dinero no declarado y revisa todos los movimientos.

Recuerda, que las multas por omitir ingresos es el 50% del tributo no cancelado y si se determina que la persona quiso efectivamente evadir a la Sunat, puede ser denunciada por defraudación tributaria y enfrentar penas de cárcel efectiva de hasta 8 años.

De otro lado, el delito de evasión fiscal se produce cuando el contribuyente deja de pagar tributos como el IGV o el Impuesto a la renta (IR) al Estado ocultando bienes o ingresos

Para más información puedes revisar la web www.focus.net.pe o comunicarte al  716-2650

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