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Empresas tienen 30 días para pagar las utilidades

Empresas tienen 30 días para pagar las utilidades

Publicado el: marzo 15, 2016

Emprendedor, si perteneces a una empresa del régimen general con más de 20 trabajadores,debes saber que tu empleador tiene sólo 30 días para presentar la declaración jurada del Impuesto a la Renta a fin de abonarte  las utilidades del 2015 que te corresponden . Así lo indicó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

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De acuerdo al cronograma establecido por la Superintendencia de Administración tributaria (Sunat), la declaración jurada del año 2015 debe efectuarse entre el 23 de marzo y el 7 de abril del 2016, vencidos estos plazos las empresas tendrán 30 días para cancelar las utilidades.

Una vez vencido los 30 días y previo requerimiento escrito del trabajador, el empleador será responsable por el pago del interés legal por no abonar a tiempo las utilidades a sus trabajadores.

Recuerda que para determinar el monto de las utilidades, las empresas deberán hacer sus cálculos en base a las remuneraciones y días que laboraron cada uno de sus trabajadores durante el año 2015.

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El porcentaje a repartir, se distribuye de modo siguiente: 50% es distribuido en partes proporcionales entre los trabajadores que laboraron en la empresa durante el 2015. Este monto se divide entre la suma total de días laborados por todos los trabajadores y dicho resultado se multiplica por el número de días efectivamente laborados por cada trabajador.

Cabe precisar que los «días laborados» son aquellos en los que el trabajador cumple efectivamente la jornada ordinaria de la empresa, así como las ausencias que son consideradas como días trabajados por mandato legal expreso, por ejemplo, los días de descanso médico por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.

El 50% restante se distribuye en proporción a las remuneraciones de cada trabajador. Los trabajadores que laboren la jornada máxima (legal o contractual) establecida en la empresa recibirán el íntegro de las utilidades, mientras que los que hayan laborado jornadas inferiores recibirán las utilidades en forma proporcional.

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