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Ejecutivo observa ley que exonera a empresas aéreas

Ejecutivo observa ley que exonera a empresas aéreas

Publicado el: octubre 26, 2017

La ministra de Economía y Finanzas, Claudia Cooper manifestó su rechazo al proyecto de ley que otorga exoneraciones tributarias a la importación de aeronaves y repuestos aéreos, aprobado por el Congreso de la República.

“La hemos observado. La idea es mantener el régimen (del Impuesto a la Renta) lo más general posible con menos huecos posibles que faciliten la elusión tributaria”, afirmó la titular del MEF.

El Congreso de la República aprobó el pasado jueves 19 del presente mes el referido proyecto de Ley 00551/2016-CR, «Ley que Establece un Nuevo Régimen de Admisión Temporal de Aeronaves y Material Aeronáutico», que exonera de todo tributo a la importación de aeronaves y sus repuestos, entre otros, por cinco años a partir de la entrada en vigencia.

La ley en cuestión reestablece por 5 años los beneficios del artículo 1° de la Ley 29624, que permite la admisión temporal para las aeronaves y sus partes, con suspensión del pago de tributos hasta por 5 años, sin presentación de garantías, y permitiendo su nacionalización con la depreciación (deducción) de la base imponible del 20% anual.

Claudia-Cooper

La norma se aplica a personas naturales o jurídicas, dedicadas al transporte aéreo de pasajeros o carga, transporte aéreo especial, trabajo aéreo así como aviación general, aeroclubes, escuelas de aviación aerodeportiva y talleres de mantenimiento de aeronaves y estaciones reparadoras ubicadas en territorio nacional.  El ámbito de aplicación será para aquellas empresas que califican como micro, pequeña y medianas empresas.

Según fuentes del Ejecutivo la ley aprobada por el Congreso distorsiona la aplicación del régimen general de admisión temporal para reexportación en el mismo estado regulado por la Ley General de Aduanas, que prevé un mecanismo general suspensivo de impuestos a la importación  para el uso temporal de ciertos bienes que ingresan al país, al ampliar sus características y beneficios.

La Ley genera un tratamiento a favor de las aeronaves – sector aéreo, lo cual constituiría un argumento para sustentar una “discriminación” frente a otros sectores que no tienen dicho beneficio, como el sector de transporte terrestre.

Además genera precedentes para solicitar un mecanismo similar respecto de otros regímenes aduaneros, en los cuales también procede la suspensión de los tributos aplicables a la importación, tales como la admisión temporal para perfeccionamiento activo , entre otros, lo cual implicaría mayor distorsión de los regímenes aduaneros y su tratamiento tributario.

También se pudo conocer que del análisis del ingreso temporal de aeronaves y material aeronáutico con suspensión del pago de tributos en el periodo 2010-2015 se observó que la empresa LAN Perú concentró aproximadamente el 75% del valor CIF de las aeronaves partes, piezas, repuestos y motores, encontrándose el otro 25% distribuido entre otras 90 empresas.

lan

Por otro lado, al 30 de noviembre del año 2016, la empresa LAN Perú concentró aproximadamente el 90% del valor CIF total, lo cual implica un incremento importante en la concentración de admisiones temporales en relación al periodo 2010-2015.

Finalmente nuestra fuente manifestó que pesar que el ámbito de la Ley está limitado a la micro, pequeña y mediana empresa, los beneficios tributarios crean incentivos al fraccionamiento y atomización de las empresas ya existentes con el propósito del no pago de tributos.  Por ejemplo una gran empresa podría crear una división de reparación con un RUC distinto y a partir de ésta realizar la importación temporal por 5 años y luego la compra de aeronaves.

OCDE

Por otro lado, la titular del MEF informó que la Convención Multianual de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria suscrita ayer entre el Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es un instrumento que permitirá continuar la lucha contra la evasión y elusión fiscal en el país.

“Tenemos que conseguir que todo los ciudadanos paguen sus impuestos, a fin de que la balanza no se equilibre en unos pocos sino que seamos la mayoría de los peruanos los que cumplamos con el deber cívico de pagar nuestros impuestos”, comentó.

Indicó que este convenio representó un hito clave para mejorar las políticas públicas del Perú y un paso más que lo acerca a ser miembro de la OCDE.

Por ejemplo la incorporación de las normas de asistencia administrativa mutua en materia tributaria, así como la obligación de presentar ante la Sunat las declaraciones informativas conteniendo la información de la identidad de la titularidad del beneficiario final de nuestro Código Tributario, es decir queremos saber quién es el beneficiario final de las empresas constituidas sobre todo off shore”, aseveró.

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