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¡Cuidado con tu declaración jurada 2016!

¡Cuidado con tu declaración jurada 2016!

Publicado el: marzo 2, 2017

Emprendedor, a pocos días del vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta 2016, muchos contribuyentes tienen deben saber que información deben considerar para evitar sanciones. Paul Serrano, Tributarista de Quantum Consultores, nos habla sobre el tema.

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  1. Feaciencia de la documentación: En efectos tributarios es todo el soporte documentario. La Sunat fiscaliza a la compañía para conocer ciertos costos y gastos, ante ello, no sólo se deben entregar comprobantes de pago, también guía de remisión, contrato de prestación de servicios, orden de servicios, información del servicio, valorización, entre otros.

Por ello, el contribuyente debe tener toda la documentación ordenada, archivada, y actualizada.  Luego, debe utilizar todos los medios de pago, es decir, verificar que hayan utilizado todos los medios de pagos en operaciones mayores a mil dólares.

  1. Existen ciertos gastos que están sujetos a límites, por ejemplo, los gastos de representación. Es decir, cuando se realizan reuniones con los clientes en algún restaurante, se debe conservar algún correo electrónico con el cliente para verificar que ese almuerzo fue por temas de negocio. Además, se debe tener en cuenta que esos gastos al año, no pueden ser mayores al 0.5% de los ingresos de la empresa, con un tope de 40 UIT.
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También hay un límite para los gastos recreativos de los trabajadores. Por ello, es importante solicitarle al contador a cargo los libros contables impresos, empastados, legalizados y actualizados, de lo contrario pueden recibir una multa del 0.6% de los ingresos netos.

  1. Dividendos presuntos: Muchas veces en la declaración jurada se coloca gastos sin sustento o gastos del socio de la compañía. Dichos gastos sin comprobante serán sujetos este 2016 con un cobro adicional del 4.1%. Por ello, es importante tener algún tipo de documentación que certifique ese gasto y evitar el cobro de dividendos presuntos.
  1. La compañía tiene dos tipos de activos, los que tienen vida contable y tributaria. Para ello, habrá una diferencia en el desgaste de dichos activos, la diferencia será un reparo o una deducción tributaria dependiendo del tipo de activo.
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  1. Muchos sistemas de las empresas vienen ajustando anticipos por diferencia de tipo de cambio. Ante ello, se podría tener un ajuste que afecte la utilidad del contribuyente.

Ya lo saben emprendedores, es importante toda la documentación que le de sustento a la declaración jurada.

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