INICIO / Actualidad /

Critican excesos de Reglamento de ley antichatarra

Critican excesos de Reglamento de ley antichatarra

Publicado el: junio 20, 2017

Defensoría del Pueblo manifiesta que Reglamento publicado no se ajusta a lo señalado por la Ley de Promoción de la alimentación saludable.

El Poder Ejecutivo excedió la facultad de reglamentar la Ley 30021(Ley de Alimentación Saludable) al establecer parámetros técnicos que superan los recomendados por la OPS/OMS, y al condicionar su vigencia a un manual no contemplado en la norma. Así lo señala la Defensoría del Pueblo mediante comunicado.
91504Establece que a propósito de la publicación del DS. N° 017-2017-SA, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, y definió nuevos parámetros técnicos para determinar los alimentos procesados altos en contenido de azúcar, sodio, grasas saturadas y grasas trans, la Defensoría del Pueblo expresa lo siguiente:

  1. El texto del reglamento publicado no se ajusta a la ley. El Poder Ejecutivo, al reglamentar la norma, no ha considerado los parámetros recomendados por la Organización Mundial de la Salud – Organización Panamericana de la Salud (OMS-OPS) a los que se refiere expresamente la Ley N° 30021. En el mismo sentido, estaría excediendo la potestad de reglamentar la ley al condicionar la vigencia del citado reglamento a la aprobación de un manual de advertencias publicitarias no contemplado por la norma.
  2. En relación al plazo para el inicio de su vigencia, tratándose de derechos fundamentales (alimentación y salud), la Defensoría del Pueblo entiende que, si bien ninguna adecuación normativa puede ser automática, los plazos estipulados en el reglamento deben ser razonables ponderando primordialmente el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
    LIMA, 13 DE JUNIO DEL 2012 Comida chatarra en colegios. FOTO: GIANCARLO SHIBAYAMA / EL COMERCIO
  3. Consideramos importante recordar que el derecho a la salud constituye un derecho humano reconocido en diversos instrumentos internacionales, lo que resulta aún más relevante tratándose de los niños y niñas, pues ellos se encuentran en una situación especialmente vulnerable. Asimismo, tanto aquellos instrumentos como nuestra Constitución reconocen el derecho a la alimentación como un derecho fundamental y el deber del Estado de protegerlo.
  4. En línea con lo anterior, con el objeto de promover la alimentación saludable, proteger la salud y supervisar la publicidad e información vinculada a alimentos y bebidas, el Congreso de la República aprobó la Ley N° 30021. Esta norma estableció que la publicidad, incluida la que se consigna en el producto, debe advertir de forma clara su alto contenido en azúcar, sodio, grasas saturadas y grasas trans, estableciendo para tal propósito la aprobación de un reglamento que fije los parámetros técnicos para la determinación de dicha advertencia, debiendo estar basados en las recomendaciones emitidas por la OMS/OPS.
  5. En tal sentido, en la medida que el derecho a la alimentación es reconocido como un derecho fundamental recogido en el derecho internacional de los derechos humanos, y por nuestro ordenamiento jurídico, su naturaleza de derecho humano es invariable. Por ello, cuando los alimentos son puestos a disposición de las personas, por las empresas, dicha actividad debe estar sujeta no solo a la regulación sobre la materia y a los estándares que garanticen su inocuidad, sino también el derecho a la información y a la no lesividad de la salud, convirtiéndose el Estado en el garante de dicha condición.
    comida-chatarra-tiene-las-hora-JPG_604x0
  6. La Defensoría del Pueblo reconoce el esfuerzo hecho por el Poder Ejecutivo al reglamentar la Ley N° 30021 y de este modo ponerla en vigencia con el expreso propósito de proteger la salud; sin embargo, considera que el Poder Ejecutivo debe realizar un mayor esfuerzo por adecuar el contenido del reglamento a lo dispuesto por la Ley, en coherencia con lo establecido por nuestra Constitución.

COMPARTE:

Tambien te puede interesar

MENU