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ADEX: Limitar contratos traería informalidad

ADEX: Limitar contratos traería informalidad

Publicado el: mayo 4, 2017

La idea de limitar la renovación de los contratos laborales a cinco u ocho años no generará un beneficio significativo para el trabajador, no ayudará a crear más puestos de trabajo ni mejorará el nivel de empleo formal, señaló el presidente de la Asociación de Exportadores (ADEX), Juan Varilias.

Woman circling classfields, close-up --- Image by © Tetra Images/Corbis

La opinión favorable del ministro de Trabajo, Alfonso Grados, respecto a eliminar la renovación ilimitada de los Contratos de Exportación No Tradicional (Ley N° 22342 Ley de Contratos de Exportación No Tradicional), tema que fue tratado entrevista con Pulso Empresarial en Radio Nacional (ver link: http://emprendedorestv.pe/evaluan-cambios-en-el-regimen-laboral-de-mypes/) originó preocupación en el sector exportador. Y es que hoy el Consejo Nacional de Trabajo analizará este tema.

Varilias sugirió analizar mejor las implicancias de esa eventual modificación, pues lejos de representar una mejora para los trabajadores, podría potenciar la informalidad.

“La idea de limitar la renovación de los contratos laborales a cinco u ocho años no generará un beneficio significativo para el trabajador, no ayudará a crear más puestos de trabajo ni mejorará el nivel de empleo formal, refirió.

El sistema temporal de contratación representa una política de Estado para estimular la exportación no tradicional, pues brinda a los trabajadores de este régimen, los mismos derechos y beneficios que por ley, pacto o costumbre tienen los trabajadores contratados a plazo indefinido.
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Esto es, remuneración mínima, horas extras, bonificaciones por turno, gratificaciones, vacaciones, CTS, participación en las utilidades de la empresa, asignación familiar, Seguro de Vida Ley, Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), protección contra el despido arbitrario, indemnización por despido y negociación colectiva.

Sobre estos puntos, el Ministro de Trabajo Alfonso Grados había manifestado que si bien el trabajador de este régimen tiene los mismos derechos del régimen general, no tiene garantizada la continuidad en su centro de labores.

Varilias insistió en que resulta válido y necesario mantener un sistema de contratación temporal en las empresas de exportación no tradicional, pues su actividad está exclusivamente supeditada a los pedidos del exterior, que pueden subir o bajar en forma radical sin depender del manejo de las empresas peruanas.

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“No tenemos posibilidad de evitar esa situación, asimismo, y por las características propias de nuestro sector, estamos expuestos a factores externos como la alta competencia mundial, precios internacionales, cambios en las políticas económicas, comerciales y políticas de cada país, la variación de tipo de cambio, acuerdos comerciales internacionales, inclusive la moda si es que hablamos del sector confecciones”, enumeró.

Puntualizó que el mercado internacional evolucionó, ya no es el mismo de hace unos años, pues ahora los pedidos son cortos y variables. En otras palabras, los exportadores no tradicionales peruanos no pueden ofrecer estabilidad en el empleo, en la medida que no pueden controlar la estabilidad de la demanda.

El presidente de ADEX apuntó que en un mercado tan competitivo y globalizado, los compradores mundiales – en especial de prendas de vestir- tienen agresivas políticas de reducción de costos y por lo tanto, colocan las órdenes de compra a muy corto plazo, generalmente 2 o 3 meses como máximo, lo que deriva en la necesidad de contar con contratos laborales a plazo fijo.
DOCU_IDEAL“Hoy en día, los compradores de prendas de vestir globales tienen la política del stock cero. No quiere acumular stocks porque el uso de almacenes y los costos financieros son altos. Además, el consumidor final, todavía afectado por sus problemas financieros, es inestable en sus compras”, puntualizó.

En ese sentido, Varilias sugirió al ministro de Trabajo un mayor análisis sobre las modificaciones que está proponiendo a la Ley N° 22342 que norma los contratos laborales para la exportación no tradicional.

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